AUTO N° 00131 de la Gaceta Ambiental ANLA, 20-01-2022 - Normativa - VLEX 883128061

AUTO N° 00131 de la Gaceta Ambiental ANLA, 20-01-2022

Número de auto administrativo00131
Fecha20 Enero 2022
Fecha de publicación25 Enero 2022
Número de expedienteLAM5342
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
AUTO N° 00131
( 20 de enero de 2022 )
“Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de Licencia
Ambiental y se adoptan otras decisiones”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES – ANLA
En ejercicio de las funciones asignadas en la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993,
en el Decreto-Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto
Resolución 566 del 31 de marzo de 2020, y la Resolución 01957 del 5 de noviembre
de 2021 de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución 501 del 22 de junio de 2012, confirmada por la
Resolución 874 del 22 de octubre de 2012, que resolvió un recurso de reposición,
la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, otorgó Licencia Ambiental
a la sociedad ECOPETROL S.A., para el proyecto Área de Perforación Exploratoria
Bello”, el cual se encuentra ubicado en el departamento de Meta, municipio de San
Martin de los Llanos en las veredas Brisas de Manacacías, Puerto Castro, Siberia
y Santa Teresa del Camoa.
Que a través de la Resolución 962 del 1 de septiembre de 2016, esta Autoridad
Nacional modificó la Licencia Ambiental otorgada mediante Resolución 501 del 22
de junio de 2012, a la sociedad ECOPETROL S.A., para el proyecto Área de
Perforación Exploratoria Bello”, autorizando entre otras actividades, la adecuación
y mantenimiento de 12 vías con longitud total de 28 km, la Construcción de 120 km
de nuevas vías y Construcción de hasta doce (12) locaciones de 5ha cada una.
Que por medio de la Resolución 1183 del 27 de septiembre de 2017, esta Autoridad
Nacional resolvió recurso de reposición interpuesto contra la Resolución 962 del 1
de septiembre de 2016, en el sentido de confirmar el numeral 1 del artículo tercero
y modificar lo relacionado con las franjas de retiro establecidas en áreas de
exclusión.
Que a través de la Resolución 893 del 15 de junio de 2018, esta Autoridad Nacional
modificó la Resolución 501 del 22 de junio de 2012 en lo relacionado con la
obligación de inversión del 1%.
Que a través de la Resolución 1449 del 4 de septiembre de 2018, esta Autoridad
Nacional resolvió sobre la cesión total de los derechos y obligaciones originados y
derivados de la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución 501 de 22 de
junio de 2012, modificada por la Resolución 962 del 1 de septiembre de 2016 y la
Auto No. 00131 Del 20 de enero de 2022 Hoja No. 2 de 18
Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de la Licencia Ambiental y se
adoptan otras decisiones
Resolución 893 del 15 de junio de 2018 para el proyecto “Área de Perforación
Exploratoria Bello”, a favor de la sociedad HUPECOL OPERATING CO LLC., con
NIT 9000148720-6.
Que a través de la Resolución 2450 del 26 de diciembre de 2018, la Autoridad
Nacional resolvió un Recurso de Reposición con radicado 2018089403-1-000 del
09 de julio de 2018, por la sociedad HUPECOL OPERATING CO LLC.
Que mediante Resolución 1549 del 18 de septiembre de 2020, esta Autoridad
Nacional modificó el artículo décimo tercero de la Resolución 501 del 22 de junio de
2012, en el sentido de aprobar el acogimiento al porcentaje incremental señalado
en el artículo 321 de la Ley 1955 del 25 de mayo del 2019, presentado por la
Sociedad, para el proyecto denominado "Área de Perforación Exploratoria Bello",
acto administrativo que fue notificado por correo electrónico el 18 de septiembre de
2020.
Que a través de la Resolución 2052 de 17 de diciembre de 2020, esta Autoridad
Nacional resolvió recurso de reposición contra la Resolución 1549 del 18 de
septiembre de 2020, en el sentido de reponer lo dispuesto en el Artículo Primero,
los literales a, d, y f del Artículo Décimo, entre otros aspectos, relacionados con la
inversión de no menos del 1%.
Que mediante comunicación con radicación en la ANLA 2021263056-1-000 del 03
de diciembre de 2021 y VITAL 3800090014872021002, la sociedad HUPECOL
OPERATING CO LLC, identificada con NIT 900.148.720-6, solicitó viabilidad para
la modificación de la Licencia Ambiental del proyecto “ÁREA DE DESARROLLO
BELLO” localizado en jurisdicción del municipio de San Martin de los Llanos en el
departamento del Meta, a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA,
a través del doctor Leonardo Niño Zorro, identificado con cédula de ciudadanía
79.643.773, obrando en calidad de Representante Legal, razón por la cual se abrió
el expediente VPD0315-00-2021, con la siguiente documentación presentada en
cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2.2.2.3.7.2 del Decreto
1. Formato único de modificación de Licencia Ambiental.
2. Plano de localización del proyecto.
3. Descripción explicativa del proyecto, localización, dimensión y costo
estimado de inversión y operación.
4. Complemento del Estudio de Impacto Ambiental.
5. Constancia de pago a FONAM-ANLA, por concepto de pago de servicio de
evaluación por un valor de ciento ochenta y ocho millones novecientos veinte
cuatro mil pesos moneda corriente ($188.924.000M/CTE) el cual está
relacionado para el presente trámite, de conformidad con la información
suministrada por la Subdirección Administrativa y Financiera de la Entidad.
6. Copia de la constancia de pago por concepto de los siguientes permisos
ambientales, cancelado ante la Corporación Para el Desarrollo Sostenible del
Área de Manejo Especial la Macarena - CORMACARENA.
Autoridad
Permiso
Valor
1
CORMACARENA
Aprovechamiento forestal
$2.690.000
2
CORMACARENA
Concesión de aguas
subterráneas
$2.690.000
3
CORMACARENA
Concesión de aguas
superficiales
$2.690.000

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