AUTO N° 00216 de la Gaceta Ambiental ANLA, 26-01-2022 - Normativa - VLEX 884000049

AUTO N° 00216 de la Gaceta Ambiental ANLA, 26-01-2022

Fecha de publicación28 Enero 2022
Fecha26 Enero 2022
Número de auto administrativo00216
Número de expedienteLAV0005-12
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
AUTO N° 00216
( 26 de enero de 2022 )
“Por el cual se avoca conocimiento de unas actuaciones administrativas
remitidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - MADS”
LA COORDINADORA DEL GRUPO ALTO MAGDALENA - CAUCA DE LA
SUBDIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO DE LICENCIAS AMBIENTALES DE LA
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA
En ejercicio de las facultades otorgadas por la Ley 99 de 1993, el Decreto 3573 de
2011, el artículo 2.2.2.3.9.1 del Decreto 1076 de 2015, el Decreto 376 del 11 de
marzo de 2020, el artículo décimo octavo de la 254 del 2 de febrero de 2021, el
artículo segundo de la Resolución 1424 del 13 de agosto de 2021, ambas
expedidas por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, y,
CONSIDERANDO
Que la Resolución 582 del 5 de junio de 2014 de la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales (ANLA) otorgó a la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. E.S.P.
—EEB, identificada con NIT., 899999082-3 licencia ambiental para el proyecto
denominado "UPME 02-2009 Subestación Armenia a 230 Kv y Líneas de
Transmisión Asociadas”, ubicado en jurisdicción de los Municipios de Circasia y
Filandia, en el Departamento del Quindío y los Municipios de Pereira, Dosquebradas
y Santa Rosa de Cabal en el Departamento de Risaralda..
Que la Resolución 236 del 3 de marzo de 2015 de ANLA rechazó la solicitud de
Revocatoria presentada por la Gobernación del Quindío, en contra de la Resolución
582 del 5 de junio de 2014.
Que la Resolución 779 del 2 de julio de 2015 de ANLA ajustó vía seguimiento la
Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución 582 del 5 de junio de 2014, en
el sentido de aceptar los ajustes realizados por la EMPRESA DE ENERGÍA DE
BOGOTÁ S.A. E.S.P. (EEB), para algunas fichas del Plan de Manejo Ambiental, así
como la inclusión de unas nuevas fichas en el mencionado plan.
Que la Resolución 1267 del 8 de octubre de 2015 de ANLA resolvió recurso de
reposición contra la Resolución 779 del 2 de julio de 2015, en el sentido de modificar
la obligación impuesta en el literal a) del numeral 12 de su artículo segundo, entre
otras determinaciones.

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