AUTO N° 00257 de la Gaceta Ambiental ANLA, 27-01-2022 - Normativa - VLEX 884007398

AUTO N° 00257 de la Gaceta Ambiental ANLA, 27-01-2022

Número de auto administrativo00257
Número de expedienteLAM1499
Fecha27 Enero 2022
Fecha de publicación28 Enero 2022
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
AUTO N° 00257
( 27 de enero de 2022 )
“Por el cual se avoca conocimiento de unas actuaciones administrativas
remitidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - MADS”
LA COORDINADORA DEL GRUPO ALTO MAGDALENA - CAUCA DE LA
SUBDIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO DE LICENCIAS AMBIENTALES DE LA
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA
En ejercicio de las facultades otorgadas por la Ley 99 de 1993, el Decreto 3573 de
marzo de 2020, el artículo décimo octavo de la 254 del 2 de febrero de 2021, el
artículo segundo de la Resolución 1424 del 13 de agosto de 2021, ambas
expedidas por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, y,
CONSIDERANDO
Que en la Resolución 367 del 31 de marzo de 2003 del Ministerio de Ambiente
Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
(MADS), en adelante Ministerio; estableció medidas de manejo ambiental a la
sociedad CEMENTOS DIAMANTE S.A., hoy CEMEX COLOMBIA S.A; para el
desarrollo del proyecto de Explotación de la mina de calizas en Payandé - La
Esmeralda”, ubicada en el corregimiento de Payandé, jurisdicción del municipio de
San Luis del departamento del Tolima.
Que el Auto 1845 del 7 de octubre de 2005 de Ministerio realizó seguimiento y
control ambiental al proyecto, efectuando requerimientos a la Sociedad CEMEX
COLOMBIA S.A. relacionados con: la presentación de informes de cumplimiento
con la ubicación en mapas de las diferentes áreas que se encuentran activas,
indicando las cotas o niveles alcanzados al finalizar el año y programados para el
siguiente año; ente otras determinaciones.
Que con el Auto 1845 del 7 de octubre de 2005, el Ministerio, requirió a la sociedad
CEMEX Colombia S.A. la ejecución de las acciones contenidas en las Medidas de
Manejo Ambiental establecidas mediante Resolución 367 del 31 de marzo de 2003.
Que a través del Auto 1442 del 1 de agosto de 2006, el Ministerio, resolvió recurso
de reposición interpuesto contra el Auto 1845 de 2005, revocando el numeral 4 del
Artículo tercero, modifica el numeral 11 y el 32 del artículo primero, entre otros.
Que mediante el Auto 1201 del 11 de mayo de 2007, el Ministerio, declaró cumplidas
unas obligaciones y realizó unos requerimientos relacionados con las actas de
recibo y entrega o planillas de residuos sólidos, entre otros.

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