AUTO N° 01637 de la Gaceta Ambiental ANLA, 24-03-2021 - Normativa - VLEX 873836792

AUTO N° 01637 de la Gaceta Ambiental ANLA, 24-03-2021

Número de expedienteLAV0004-00-2019
Fecha24 Marzo 2021
Fecha de publicación30 Marzo 2021
Número de resolución01637
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
AUTO N° 01637
( 24 de marzo de 2021 )
“Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de una
Licencia Ambiental y se adoptan otras decisiones”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES – ANLA
En ejercicio de las funciones asignadas en la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993,
en el Decreto-Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto
Resolución 1690 del 6 de septiembre de 2018 del Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible – MADS, la Resolución 464 de 9 de marzo de 2021 de la
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 2382 del 4 de diciembre de 2019, la Autoridad Nacional
de Licencias Ambientales – ANLA otorgó Licencia Ambiental a la sociedad
PROMIGAS S.A. E.S.P., para el proyecto denominado Gasoducto Regional Zona
Bananera”, ubicado en jurisdicción de los municipios de Ciénaga y Zona Bananera,
departamento del Magdalena.
Que a través del radicado ANLA 2019201665-1-000 del 20 de diciembre de 2019,
la sociedad PROMIGAS S.A. E.S.P., interpuso Recurso de Reposición contra la
Resolución 02382 del 4 de diciembre de 2019.
Que, mediante Resolución 00285 del 19 de febrero de 2020, la ANLA resolvió el
recurso de reposición interpuesto contra la Resolución 2382 del 4 de diciembre de
2017, en el sentido de reponer y como consecuencia modificar lo dispuesto en el
literal g del Parágrafo Cuarto del Artículo Décimo Sexto.
Que, mediante comunicación con radicación en la ANLA 2021032240-1-000 del 24
de febrero de 2021 y VITAL 3800089010552621002 (VPD0052-00-2021), la
sociedad PROMIGAS S.A. E.S.P., identificada con NIT 890.105.526 - 3, a través del
señor JAIME EDUARDO DELUQUE PALENCIA, identificado con cédula de
ciudadanía 10,024,439, en su calidad de 1o. Suplente del Representante Legal para
efectos judiciales de conformidad con lo expuesto en el Certificado expedido por la
Cámara de Comercio de Barranquilla, presentó solicitud de modificación de la
licencia ambiental otorgada mediante Resolución 2382 del 4 de diciembre de 2019,
para el proyecto denominado “Gasoducto Regional Zona Bananera”, ubicado en
jurisdicción de los municipios de Ciénaga y Zona Bananera, departamento del
Magdalena, en el sentido de incluir el tramo que fue excluido en la Resolución 02382
/ 2019, y ajustar el sitio de conexión en el extremo norte con el tramo 2 autorizado
en la Resolución 02382 de 2019.

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