Auto Nº 05001310302120230017901 del Tribunal Superior de Medellín Sala Civil, 21-09-2023 - Jurisprudencia - VLEX 980643067

Auto Nº 05001310302120230017901 del Tribunal Superior de Medellín Sala Civil, 21-09-2023

Sentido del falloRevoca auto
EmisorSala Civil (Tribunal Superior de Medellín de Colombia)
Fecha21 Septiembre 2023
Número de expediente05001310302120230017901
Normativa aplicada1. VER ARTS 82.2, 85 DEL CGP; VER ART 1° del Decreto 996 de 2001
MateriaPRUEBA DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DE PERSONAS JURÍDICAS - El certificado de existencia y representación legal, a voces del artículo 85 del CGP, no puede ser exigido cuando la información esté disponible en la base de datos de entidades públicas y privadas encargadas de la certificación. / TESIS: (…) el art 85 del CGP regula cuándo se puede exigir el certificado de existencia y
Número de registro81696707
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