Auto Nº 050013104009 2014 01051 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 01-10-2018 - Jurisprudencia - VLEX 850357915

Auto Nº 050013104009 2014 01051 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 01-10-2018

Sentido del falloNIEGA
Número de expediente050013104009 2014 01051 01
Número de registro81472502
Fecha01 Octubre 2018
Normativa aplicadaCódigo de Procedimiento Penal art. 38, 192
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Villavicencio de Colombia)
141

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TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO

SALA PENAL

Magistrado ponente: JOEL DARío TREJOS LONDOÑO

Condenado

Delito

Radicación

Decisión

Apelación auto que negó prescripción de la pena

Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de

Seguridad de Acacias, Meta

LUIS ARISMENDY LÓPEZ

Asunto:

Procedencia:

Aprobado:

Homicidio agravado

05001-31-04-009-2014-01051-01

Confirma

,Acta N° 141

Fecha:, ~ OCT 2018'

1 - ASUNTO A DECIDIR

Resuelve la Sala recurso de apelación interpuesto por el condenado

LUIS ARISMENDY LÓPEZ, contra el auto interlocutorio No. 3094 del

29 de diciembre de 2017\ por medio del cual el Juzgado Tercero de

Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacías - Meta negó

la prescripción de la sanción penal.

2 - ANTECEDENTES PROCESALES

2.1- Por hechos acaecidos el 13 de noviembre de 1995, el Juzgado

Noveno Penal del Circuito de Medellín - Antioquia, en sentencia

anticipada del 2 de febrero de 20172, condenó al señor LUIS

ARISMENDY LÓPEZ a la pena de 168 meses de prisión, como

responsable del delito de homicidio agravado. La sentencia cobró

ejecutoria el 28 de febrero de 2017.

1 Folio 10-11 Cuaderno Juzgado 30 EPMS de Acacias. 2 Folios 291-296 cuaderno Juzgado 30 de EPMS de Medellin.

Asunto: Apelación Auto que negó la prescripción de la pena Radicación: 05001-31-04-009-2014-01051-01 Condenado: LUIS ARISMENDY LÓPEZ Decisión: Confirma

r

El sentenciado se encuentra privado de la libertad desde el 9 de enero

de 2016 y actualmente está recluido en el Establecimiento

Penitenciario y Carcelario de Acacías - Meta

2.2- En providencia del 29 de diciembre de 20173, el Juzgado Tercero

de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacías - Meta,

quien vigila la sanción, resolvió negativamente la solicitud de extinción

por prescripción que presentó el sentenciado, e indicó que: "fue privado

de la libertad por razón de este proceso desde el 9 de enero de 2016, momento

desde el cual el término de prescripción de la sanción penal se interrumpió".

2.3- Inconforme el señor ARISMENDY LÓPEZ apeló" la decisión,

argumentando que el término de prescripción se encuentra superado,

como quiera que empezó a correr a partir de los hechos; de igual

manera hace alusión a la prescripción de la acción penal, y agrega

que el juzgado de conocimiento no tuvo en cuenta que el fenómeno de

la prescripción penal ya operaba.

3- ANÁLISIS PARA DECIDIR

3.1- Deberá determinar esta Sala, si en la presente...

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