AUTO N° 07081 de la Gaceta Ambiental ANLA, 02-09-2021 - Normativa - VLEX 877477288

AUTO N° 07081 de la Gaceta Ambiental ANLA, 02-09-2021

Número de expedienteSRS0041
Fecha02 Septiembre 2021
Fecha de publicación06 Septiembre 2021
Número de resolución07081
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
AUTO N° 07081
( 02 de septiembre de 2021 )
“Por el cual se efectúa seguimiento a un Sistema de Recolección Selectiva y Gestión
Ambiental de Residuos de Computadores y/o Periféricos y se dictan otras
determinaciones”
EL COORDINADOR DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,
PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE
LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
En uso de las facultades conferidas en la Ley 99 de 1993, Decreto Ley 3573 de 2011
de 2010, 00254 de 2021 y 00256 de 2021,
CONSIDERANDO
Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, mediante Resolución 109 del
04 de febrero de 2016, por la cual se modifica la Resolución 317 del 2 de abril de 2014,
aprobó el Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de
Computadores y/o Periféricos presentado por la empresa Lineadatascan S.A., vocero del
colectivo ARPE, con NIT 800.027.927-1, conforme a las disposiciones contenidas en la
Resolución 1512 del 05 de agosto de 20101.
Que a través del Auto 06425 del 8 de julio de 2020, esta Autoridad acogiendo el Concepto
Técnico No. 03573 del 12 de junio de 2020, realizó seguimiento y control al Sistema de
Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Computadores y/o Periféricos
de la citada empresa, y requirió información adicional.
Que mediante comunicación con radicado 2020125309-1-000, Vital No.
500080002792720003, y Comunicado 2020125312-1-000 Vital No.3500080002792720004
del 4 de agosto de 2020, la empresa Lineadatascan S.A., vocero del colectivo ARPE, allegó
información con el fin de atender los requerimientos realizados por esta Autoridad a través
del Auto 06425 del 8 de julio de 2020.
Que la empresa Lineadatascan S.A., mediante comunicación con radicado 2021058941-1-
000 Vital No. 3500080002792721001 del 31 de marzo de 2021, presentó el informe de
actualización y avance correspondiente a la gestión realizada durante el año 2020.
Que mediante comunicación con radicado 2021080972-1-000 Vital No.
3500080002792721002 del 27 de abril de 2021, el sistema colectivo ARPE, presento
alcance al Informe de Actualización y Avance correspondiente a la gestión realizada durante
el año 2020.
1Por la cual se establecen los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Computadores y/o
Periféricos y se adoptan otras disposiciones.

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