AUTO N° 08254 de la Gaceta Ambiental ANLA, 01-10-2021
Fecha de publicación | 07 Octubre 2021 |
Fecha | 01 Octubre 2021 |
Número de resolución | 08254 |
Número de expediente | SRS0002-00-2021 |
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
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República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
AUTO N° 08254
( 01 de octubre de 2021 )
“Por el cual se inicia trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema de
Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Pilas y/o Acumuladoras y se
toman otras determinaciones”
EL COORDINADOR DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,
PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE
LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
En uso de las facultades conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011
modificado por el Decreto 376 de 2020, la Resolución 1297 de 2010 modificada por la
Resolución 2246 de 2017, y las Resoluciones 00254 y 00256 de 2021, y
CONSIDERANDO QUE
La empresa Beston Colombia S.A.S., con NIT 900.281.139-4, mediante radicado con
número 2021205248-1-000 del 22 de septiembre de 2021, presentó el Sistema de
Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Pilas y Acumuladores, para su
correspondiente evaluación y posterior aprobación, de conformidad con lo establecido en
las Resoluciones 1297 de 20101 modificada por la Resolución 2246 de 2017.
Con base en la verificación de la información y documentación presentada por la empresa
Beston Colombia S.A.S., esta Entidad procederá a dar inicio al respectivo trámite de
aprobación del Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Pilas
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible -MADS-, expidió la Resolución 1297 de 2010 modificada por la
Resolución 2246 de 2017 “Por la cual se establecen los Sistemas de Recolección Selectiva y
Gestión Ambiental de Residuos de Pilas y/o Acumuladores y se adoptan otras disposiciones”.
El artículo 3° ibídem definió el Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de
Residuos de Pilas y/o Acumuladores, así: “Instrumento de control y manejo ambiental que
contiene los requisitos y condiciones para garantizar la recolección selectiva y gestión ambiental de
los residuos de pilas y/o acumuladores por parte de los productores”.
El artículo 7º de la Resolución 1297 del 8 de julio de 2010, relaciona la información que
debe contener el documento del Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de
1 Por la cual se establecen los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Pilas y/o Acumuladores
y se adoptan otras disposiciones
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