AUTO N° 10899 de la Gaceta Ambiental ANLA, 16-12-2021 - Normativa - VLEX 881060793

AUTO N° 10899 de la Gaceta Ambiental ANLA, 16-12-2021

Número de auto administrativo10899
Fecha de publicación13 Enero 2022
Número de expedienteLAV0011-00-2021
Fecha16 Diciembre 2021
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
Página 1 de 94
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
AUTO N° 10899
( 16 de diciembre de 2021 )
Por el cual se ordena el archivo de una solicitud de licencia ambiental, trámite
iniciado mediante Auto 857 del 24 de febrero de 2021”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES – ANLA
En ejercicio de las funciones asignadas en la Ley 99 de 1993, en el Decreto-Ley
3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, en los Decretos 1076 de
2015, las Resoluciones 1690 del 6 de septiembre de 2018 del MADS y 1957 del 5
de noviembre de 2021 de la ANLA, y,
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Vías, INVÍAS, mediante comunicación con radicado 4120-E1-
38674 del 9 de julio de 2012, solicitó a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales,
ANLA, en adelante esta Autoridad Nacional, pronunciamiento sobre la necesidad de
elaborar diagnóstico ambiental de alternativas, DAA, para la “Construcción de la Variante
de Pueblo Rico en la carretera Santa Cecilia – Asia”, localizada en el municipio de Pueblo
Rico, en el departamento de Risaralda, cuyo trámite se surtió en el expediente NDA0813.
Que mediante comunicación con radicación ANLA 4120-E2-38674 del 13 de septiembre de
2012, esta Autoridad Nacional consideró que el proyecto mencionado, requería la
presentación de un diagnóstico ambiental de alternativas, DAA, para lo cual se hizo entrega
de los respectivos términos de referencia.
Que el Instituto Nacional de Vías, INVIAS, solicitó1 a esta Autoridad Nacional
pronunciamiento del Diagnóstico Ambiental de Alternativas para el proyecto, presentando
el correspondiente estudio ambiental.
Que mediante Auto 3672 del 30 de mayo de 2019, esta Autoridad Nacional seleccionó la
alternativa número 1 del diagnóstico ambiental de alternativas, DAA, presentada por el
Instituto Nacional de Vías, INVIAS, para la ejecución y desarrollo del proyecto vial indicado.
Que el Instituto Nacional de Vías, INVIAS, solicitó2 licencia ambiental para la ejecución y
desarrollo del proyecto denominado por el solicitante como “Estudios y diseños a nivel de
fase III de la variante Pueblo Rico en la carretera Santa Cecilia – Asia”3, correspondiente a
la construcción de la Variante Pueblo Rico, localizada en jurisdicción del municipio de
Pueblo Rico, en el departamento de Risaralda; para lo cual, anexó la siguiente información:
- Formulario único de solicitud de licencia ambiental.
1 Por medio de comunicación con radicación ANLA 2019008516-1-000 del 29 de enero de 2019, Ventanilla Integral de
Trámites Ambientales en Línea – VITAL 0100080021580719002
2 A través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea – VITAL, número 0200080021580721002 y radicación
ANLA 2021013849-1-000 del 29 de enero de 2021 (VPD0018-00-2021).
3 De acuerdo con la denominación realizada por el solicitante en el formulario de solicitud de licencia ambiental.
Auto No. 10899 Del 16 de diciembre de 2021 Hoja No. 2 de 94
“Por el cual se ordena el archivo de una solicitud de licencia ambiental, trámite iniciado mediante Auto 857 del
24 de febrero de 2021”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
Página 2 de 94
- Solicitud suscrita por el señor Juan Esteban Gil Chavarría identificado con cédula
de ciudadanía 71.216.519, en calidad de director general del Instituto Nacional de
Vías, INVIAS, de acuerdo con lo señalado en el Decreto de nombramiento 1564 del
14 de agosto de 2018 y según Acta de posesión 97 del 15 de agosto de 2018.
- Copia del Decreto 1564 del 14 de agosto de 2018 expedido por el Ministerio de
Transporte y Acta de Posesión 97 del 15 de agosto de 2018.
- Plano de localización del proyecto, de conformidad con lo dispuesto en la
Resolución 2182 de 2016, que modifica y consolida el Modelo de Almacenamiento
Geográfico.
- Descripción explicativa del proyecto, localización, dimensión y costo estimado de
inversión y operación.
- Copia de la constancia de pago por concepto de servicios de evaluación de la
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA.
- Copia de la constancia de pago de los permisos de aprovechamiento forestal y
ocupación de cauces realizada a la Corporación Autónoma Regional de Risaralda,
CARDER.
- Copia del radicado del Estudio de Impacto Ambiental ante la Corporación Autónoma
Regional de Risaralda, CARDER, con número R-1157-2021 del 25 de enero de
2021.
- Copia de la Autorización de Intervención Arqueológica 8495 del 29 de noviembre de
2019, proferida por Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH).
- Copia de la Certificación 703 del 14 de noviembre de 2019, expedida por la Dirección
de Consulta Previa del Ministerio del Interior "Sobre la presencia o no de
comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse",
en donde se señala lo siguiente:
PRIMERO: Que no se registra presencia de Comunidades Indígenas, en el área del
proyecto: "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL - EIA, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL
HITO LL DEL CONTRATO INVÍAS 1102/2018: ESTUDIOS Y DISEÑOS A NIVEL DE FASE
III DE LA VARIANTE PUEBLO RICO EN LA CARRETERA SANTA CECILIA- ASIA, CÓDIGO
5003, DEPARTAMENTO DE RISARALDA", localizado en jurisdicción del Municipio de
Pueblo Rico, en el Departamento de Risaralda.
(…)
SEGUNDO. Que no se registra presencia de Comunidades Negras, Afrocolombianas,
Raizales y Palenqueras, en el área del proyecto "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL -
EIA, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL HITO LL DEL CONTRATO INVÍAS 1102/2018:
ESTUDIOS Y DISEÑOS A NIVEL DE FASE III DE LA VARIANTE PUEBLO RICO EN LA
CARRETERA SANTA CECILIA- ASIA, CÓDIGO 5003, DEPARTAMENTO DE RISARALDA",
localizado en jurisdicción del Municipio de Pueblo Rico, en el Departamento de Risaralda.
(…)
TERCERO. Que no se registra presencia de Comunidades Rom, en el área del proyecto
"ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL - EIA, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL HITO LL DEL
CONTRATO INVÍAS 1102/2018: ESTUDIOS Y DISEÑOS A NIVEL DE FASE III DE LA
VARIANTE PUEBLO RICO EN LA CARRETERA SANTA CECILIA- ASIA, CÓDIGO 5003,
DEPARTAMENTO DE RISARALDA", localizado en jurisdicción del Municipio de Pueblo
Rico, en el Departamento de Risaralda.
(…)
Auto No. 10899 Del 16 de diciembre de 2021 Hoja No. 3 de 94
“Por el cual se ordena el archivo de una solicitud de licencia ambiental, trámite iniciado mediante Auto 857 del
24 de febrero de 2021”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
Página 3 de 94
CUARTO. Que la información sobre la cual se expide la presente certificación aplica
específicamente para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y
entregadas por el solicitante, a través de los oficios con radicados externos EXTMI19- 44311,
para el proyecto: "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EIA, PARA DAR
CUMPLIMIENTO AL HITO LL DEL CONTRATO INVÍAS 1102/2018: ESTUDIOS Y DISEÑOS
A NIVEL DE FASE III DE LA VARIANTE PUEBLO RICO EN LA CARRETERA SANTA
CECILIA-ASIA, CÓDIGO 5003, DEPARTAMENTO DE RISARALDA", localizado en
jurisdicción del Municipio de Pueblo Rico, en el Departamento de Risaralda. (…).
Que mediante Auto 857 del 24 de febrero de 2021, esta Autoridad Nacional inició el trámite
administrativo para la solicitud de licencia ambiental para el proyecto objeto de estudio, el
cual fue notificado al Instituto Nacional de Vías, INVIAS, por medio de correo electrónico el
26 de febrero de 2021 y publicado en la Gaceta de esta Entidad el 1º de marzo de 2021, en
cumplimiento de lo señalado en el artículo 70 de la Ley 99 de 1993.
Que mediante oficio 2021079098-2-000 del 26 de abril de 2021, esta Autoridad Nacional
informó a la Autoridad Nacional de Consulta Previa de la presunta presencia de
comunidades étnicas y afrocolombianas en la cabecera municipal del área del proyecto.
Que el grupo técnico de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA adelantó
una visita presencial los días 15 y 16 de marzo de 2021, tal y como informó al Instituto
Nacional de Vías, INVIAS, por medio del oficio con radicación ANLA 2021040878-2-000 del
8 de marzo de 2021.
Que el 30 de marzo de 2021 se llevó a cabo a través del aplicativo Microsoft Teams en la
modalidad virtual4, la reunión de información adicional5 prevista en el numeral 2 del artículo
2.2.2.3.6.3. del Decreto 1076 de 2015, por medio de la cual se requirió información adicional
al Instituto Nacional de Vías, INVIAS, para que fuera remitida a esta Autoridad en el término
de un (1) mes. Dichos requerimientos fueron notificados en estrados y quedaron
consignados en el Acta 28 de la misma fecha.
Que mediante los radicados ANLA 2021076522-1-000 del 22 de abril de 2021 y
2021077877-1-000 del 23 de abril de 2021 el Instituto Nacional de Vías – INVIAS solicitó
prórroga de plazo, por el término de dos (2) meses, para presentar la información adicional
requerida.
Que mediante radicación ANLA 2021080559-2-000 del 27 de abril de 2021, esta Autoridad
Nacional dio respuesta a la solicitud del Instituto Nacional de Vías – INVIAS en los radicados
referidos en el párrafo anterior, donde se informó que se concedía prórroga por el término
de un (1) mes en armonía con lo previsto por el artículo 2.2.2.3.6.3 del Decreto 1076 de
2015. Señalando además que si se encontraba en situación de fuerza mayor o caso fortuito
debía demostrar tal situación ante la Autoridad Ambiental.
Que mediante comunicación con número de radicado 2021080460-1-000 del 27 de abril de
2021, el Instituto Nacional de Vías, INVIAS, solicitó la suspensión del trámite de solicitud de
licencia ambiental iniciado mediante Auto 857 del 24 de febrero de 2021 de acuerdo con lo
establecido en el Decreto 1585 del 2 de diciembre de 2020, argumentando la existencia de
la circunstancia de fuerza mayor que generó la emergencia económica y social a causa del
COVID -19.
Que mediante oficio 2021088297-2-000 del 6 de mayo de 2021, esta Autoridad Nacional
reiteró al Instituto Nacional de Vías, INVIAS, lo expuesto en el oficio 2021080559-2-000 del
27 de abril de 2021, frente a la necesidad de soportar las situaciones que le han impedido
la programación de los trabajos de campo para dar cumplimiento a lo requerido en la
reunión de información adicional referida anteriormente.
4 Reuniones virtuales que se realizan por la situación de emergencia sanitaria que vive el país como consecuencia del virus
denominado Covid-19
5 Convocada al INVIAS, por medio del oficio con radicación ANLA 2021052831-2-000 del 24 de marzo de 2021.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR