Auto Nº 11-001-60-00-098-2014-00046 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 12-09-2022 - Jurisprudencia - VLEX 950417487

Auto Nº 11-001-60-00-098-2014-00046 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 12-09-2022

Sentido del falloCONFIRMA AUTO
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81625378
Fecha12 Septiembre 2022
Número de expediente11-001-60-00-098-2014-00046
MateriaFUERO INDÍGENA - Es necesario acreditar, además de la pertenencia a la etnia, que la persona se encuentra integrada a una comunidad y vive según sus usos y costumbres / TRASLADO HACIA RESGUARDO INDÍGENA - La pretensión de traslado es notoriamente mendaz, pues no está demostrada la asimilación cultural del peticionario y su única finalidad es posibilitarle el cambio del establecimiento carcelario donde actualmente purga la sanción impuesta en su contra / TRASLADO HACIA RESGUARDO INDÍGENA - No se acreditó la pertenencia del peticionario a la comunidad indígena Wounaan ni que él, en algún momento de su vida, vivió y se reguló bajó los usos y costumbres del Resguardo Jooin Durr y a ello se suma, también, que no existe evidencia de que cuenten con la infraestructura necesaria para garantizar la privación de la libertad en condiciones dignas y de seguridad del condenado /
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