AUTO nº 11001-03-15-000-2020-01649-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA DIECINUEVE ESPECIAL DE DECISIÓN) del 07-05-2020 - Jurisprudencia - VLEX 845526888

AUTO nº 11001-03-15-000-2020-01649-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA DIECINUEVE ESPECIAL DE DECISIÓN) del 07-05-2020

Sentido del falloNO APLICA
Tipo de documentoAuto
Fecha de la decisión07 Mayo 2020
EmisorSala Plena
Número de expediente11001-03-15-000-2020-01649-00
Fecha07 Mayo 2020

CONTROL DE LEGALIDAD DE LA RESOLUCIÓN 123 DEL 18 DE MARZO DE 2020 DEL SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO / SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS PROCESALES DENTRO DE LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS, PROCESOS DE INCUMPLIMIENTO Y PROCESOS DISCIPLINARIOS / ACUMULACIÓN DE PROCESOS – Remisión del expediente


En el marco de la emergencia sanitaria generada por la enfermedad covid-19, el Servicio Geológico Colombiano (SGC) expidió la Resolución 123 del 18 de marzo de 2020 «por la cual se suspenden los términos procesales dentro de las actuaciones administrativas, procesos de incumplimiento y procesos disciplinarios adelantados por el Servicio Geológico Colombiano», la cual, en su artículo 1.°, ordenó «suspender los términos de todas las actuaciones administrativas, procedimientos de incumplimiento y procesos disciplinarios que se adelantan por el Servicio Geológico Colombiano — SGC, a partir del 19 de marzo de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2020, inclusive». Posteriormente, mediante la Resolución 125 del 31 de marzo de este año, el SGC prorrogó dicha medida hasta el 15 de abril. Finalizado ese periodo, a través de la Resolución 135 del 17 de abril de 2020 se extendió la suspensión de términos hasta el 26 de abril de esta anualidad. De acuerdo con lo expuesto, teniendo en cuenta que por el reparto de la Secretaría General del Consejo de Estado, el medio de control inmediato de legalidad de la Resolución 123 del 18 de marzo de 2020 del SGC fue asignado al consejero C.E.M.R., bajo el radicado 11001-03-15-000-2020-01127-00, y en el cual, mediante Auto del 17 de abril avocó conocimiento del asunto, se remitirá el presente expediente a aquel despacho con la finalidad de que estudie su posible acumulación, en razón a la conexidad que tienen ambos actos administrativos, por tratarse el asunto sub examine de una prórroga de aquél.


NORMA DEMANDADA: RESOLUCIÓN 123 DE 2020 SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO


CONSEJO DE ESTADO


SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


SALA DIECINUEVE ESPECIAL DE DECISIÓN


Consejero ponente: WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ


Bogotá, D. C., siete (07) de mayo de dos mil veinte (2020)


Radicación número: 11001-03-15-000-2020-01649-00(CA)


Actor: DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO


Demandado: RESOLUCIÓN 135 DEL 17 DE ABRIL DE 2020



Referencia: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD



Temas: Remisión del asunto para que se estudie la posibilidad de su acumulación en el expediente...

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