AUTO nº 11001-03-15-000-2020-01179-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA NOVENA ESPECIAL DE DECISIÓN) del 29-05-2020 - Jurisprudencia - VLEX 845530697

AUTO nº 11001-03-15-000-2020-01179-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA NOVENA ESPECIAL DE DECISIÓN) del 29-05-2020

Sentido del falloNO APLICA
Fecha29 Mayo 2020
Normativa aplicadaCÓDIGO GENERAL DEL PROCESO- ARTÍCULO 149 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO- ARTÍCULO 149
Número de expediente11001-03-15-000-2020-01179-00

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD DE LA RESOLUCIÓN 001 DEL 30 DE MARZO DE 2020 DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADÍSTICA- DANE / URGENCIA MANIFIESTA PARA CELEBRAR LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NECESARIOS, PARA PREVENIR, CONTENER Y MITIGAR LOS EFECTOS DE LA PANDEMIA DEL CORONAVIRUS COVID-19 Y GARANTIZAR LA CONTINUIDAD DE LA GESTIÓN / ACUMULACIÓN DEL PROCESO EN EL CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Procedencia

La procedencia de la acumulación dentro del control inmediato de legalidad se relaciona, entre otras, con la identidad o conexión de los actos objeto de control inmediato de legalidad. Esa conclusión adquiere mayor relevancia a la luz de los principios de seguridad jurídica, celeridad y economía procesal, con ocasión de los cuales se evita la posibilidad de decisiones disímiles frente a la misma cuestión jurídica.(…) existe identidad entre los actos administrativos expedidos en cuanto a la normatividad en que se fundamentan y el objeto, en la medida que declaran en las diferentes Direcciones Territoriales la urgencia manifiesta para celebrar la contratación de bienes y servicios necesarios para prevenir, contener y mitigar los efectos de la pandemia del coronavirus COVID-19 y garantizar la gestión del Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE.(…) En ese orden de ideas, se observa que el proceso más antiguo es el radicado con el número 11001 03 15 000 2020 01175 00 toda vez que fue notificado el 20 de abril de 2020. Por tanto, están dadas las condiciones para: (i) avocar el control inmediato de legalidad de la Resolución 001 del 30 de marzo de 2020 y continuar con el trámite previsto en el artículo 185 del CPACA, y, (ii) acumular el trámite radicado 11001 03 15 000 2020 01179 00 en el cual se estudia la Resolución 001 de 30 marzo de 2020 expedida por la Secretaria General del Departamento Administrativo Nacional de Estadística –DANE-, al control inmediato de legalidad radicado 11001 03 15 000 2020 01175 00 que cursa en este Despacho, con fundamento en las razones expuestas.

NORMA DEMANDADA: RESOLUCIÓN 001 DEL 30 DE MARZO DE 2020 DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADÍSTICA

FUENTE FORMAL: CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO- ARTÍCULO 149 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO- ARTÍCULO 149

CONSEJO DE ESTADO

SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SALA NOVENA ESPECIAL DE DECISIÓN

Consejero ponente: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ

Bogotá, D.C., veintinueve (29) de mayo de dos mil veinte (2020).

Radicación número: 11001-03-15-000-2020-01179-00(CA)

Actor: DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADÍSTICA - DANE

Demandado: RESOLUCIÓN 001 DEL 30 DE MARZO DE 2020

Asunto: Control inmediato de legalidad de la Resolución

001 del 30 de marzo de 2020 expedida por el

Departamento Administrativo Nacional de

Estadística- DANE.

Decisión: Avoca conocimiento y ordena acumulación

El Despacho para el efecto del control inmediato de legalidad consagrado en el artículo 20 de la Ley estatutaria 137 de 1994[1], 37-2 de la Ley 270 de 1996, 136 y 185 del CPACA, decide sobre la acumulación del presente medio de control inmediato de legalidad que recae sobre la Resolución 001 de 30 de marzo de 2020, expedida por la Secretaria General del Departamento Administrativo Nacional de Estadística –DANE-, «por medio de la cual se declara la urgencia manifiesta para celebrar la contratación de bienes y servicios necesarios, para prevenir, contener y mitigar los efectos de la pandemia del coronavirus COVID-19 y garantizar la continuidad de la gestión del Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE», al trámite con radicado 11001 03 15 000 2020 1175 00 en el cual este Despacho avocó el conocimiento de la Resolución 040 del 27 de marzo de 2020, expedida por la Directora Territorial Centro Occidente del Departamento Administrativo Nacional de Estadística –DANE-, previas las siguientes:

CONSIDERACIONES

  1. El pasado 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud - OMS-, calificó el brote de COVID-19 (Coronavirus) como una pandemia; por lo que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró «la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 30 de mayo de 2020», y en consecuencia, ordenó a los jefes y representantes legales de entidades públicas y privadas, adoptar las medidas de prevención y control para evitar la propagación del COVID- 19 (Coronavirus)

  1. El señor P. de la República, por medio del Decreto 417 de 17 de marzo de 2020, declaró el «Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, por el término de 30 días», con el fin de adoptar todas las medidas necesarias para conjurar la crisis e impedir: (i) la propagación del COVID-19 (Coronavirus), y (ii) la extensión de sus efectos negativos en la economía y demás sectores de la vida nacional

  1. Seguidamente, a través del Decreto 457 de 22 de marzo de 2020, el señor P. de la República impartió «instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19 y el mantenimiento del orden público», entre ellas, la de «ordenar el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00.00 a.m.) del día 25 de marzo de 2020, hasta las cero horas (00.00 a.m.) del día 13 de abril de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19»

  1. Asimismo, el artículo 3° del Decreto 457 de 2020 estableció excepciones a la medida de aislamiento obligatorio, las cuales son aplicables a los servidores y contratistas del Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE que ejerzan funciones: (i) estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria y para garantizar el funcionamiento de los servicios indispensables del Estado; ii) para el funcionamiento de la infraestructura crítica que comprende «computadores, sistemas computacionales, datos e información cuya destrucción e interferencia pueda debilitar o impactar en la seguridad de la economía, salud pública o la combinación de ambas», y, (iii) para las actividades de operadores de pagos de salarios de salarios, honorarios, pensiones, prestaciones económicos públicos o privados; beneficios económicos periódicos sociales y los correspondientes a los sistemas y subsistemas de Seguridad Social y Protección Social.

  1. De igual manera, el señor P. de la República expidió el Decreto Legislativo 440 de 20 de marzo de 2020 «por el cual se adoptan medidas de urgencia en materia de contratación estatal, con ocasión del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica derivada de la Pandemia COVID-19», y determinó que «con ocasión del estado de emergencia, en los términos del artículo 42 de la Ley 80 de 1993, se entendía comprobado el hecho que daba lugar a declarar la urgencia manifiesta por parte de las entidades estatales, para la contratación directa del suministro de bienes, la prestación de servicios o la ejecución de obras en el inmediato futuro, con el objetivo de prevenir, contener y mitigar los efectos de la Pandemia del coronavirus COVID-19 y para realizar las labores necesarias para optimizar el flujo de los recursos al interior del sistema de salud».

  1. La Secretaria General del Departamento Administrativo Nacional de Estadística –DANE-, en ejercicio de las facultades conferidas en la Resolución 223 de 2020[2] y en los artículos 2, 208 y 209 de la Constitución Política, las Leyes 489 de 1998, 80 de 1993, los Decretos 262 de 2004, 1515 de 2018, el Decreto Legislativo 440 de 2020, las Resoluciones 418 de 2014 y 223 de 2020, expidió la Resolución 001 de 30 de marzo de 2020 que tiene por objeto declarar la urgencia manifiesta para celebrar la contratación de bienes y servicios necesarios para prevenir, contener y mitigar los efectos de la pandemia del coronavirus COVID-19 y garantizar la gestión de la Dirección Territorial Centro Oriente - Bucaramanga del Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE.

  1. La decisión se motivó en las circunstancias que impone el estado de emergencia a causa del brote del virus COVID-19 y que comportan: (i) la dotación al personal en campo, específicamente los que realizan actividades de recolección de información para la producción de estadísticas oficiales, de los elementos de protección personal como mascarillas (tapabocas convencional), protección para los ojos (gafas o caretas) y guantes desechables y (ii) contar con otros servicios dirigidos a prevenir, mitigar y contener la pandemia tales como transporte de servicio especial terrestre para el personal administrativo de campo que permitan reducir la exposición y...

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