AUTO nº 11001-03-15-000-2020-02178-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA) del 29-05-2020 - Jurisprudencia - VLEX 845530892

AUTO nº 11001-03-15-000-2020-02178-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA) del 29-05-2020

Sentido del falloNO APLICA
Fecha29 Mayo 2020
EmisorSala Plena
Número de expediente11001-03-15-000-2020-02178-00

MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL SANITARIO – Para evitar la propagación del coronavirus COVID 19 / DIRECCIÓNN EJECUTIVA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – Lineamientos para el manejo de la correspondencia de la fiscalía general de la nación, por razón del covid-19 / CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD – De la Circular 0019 de 27 de abril de 2020 que extendió la vigencia de la Circular 0007 del mismo año, de la Dirección Ejecutiva de la F.ía General de la Nación / ACUMULACIÓN EN CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD – Procede para que el control de legalidad se lleve a cabo en forma integral y conjunta respecto de actos entre los que existe una evidente relación

[C]orrespondió a este Despacho el estudio del control inmediato de legalidad de la Circular No. 0019 de 27 de abril de 2020, expedida por la Directora Ejecutiva de la F.ía General de la Nación, dirigida a los servidores de esa institución […] Como se puede evidenciar, esta resolución únicamente extiende hasta el día 10 de mayo de 2020, la Circular No. 0007 de 2020 y ordena, en consecuencia, la actualización del comunicado dirigido a la ciudadanía en general y que debe ser publicado en forma visible en las diferentes sedes de aquella entidad –la F.ía General de la Nación–.Revisado el sistema de gestión judicial Siglo XXI, se encuentra que la Circular No. 0007 de 26 de marzo de 2020, expedida por la Dirección Ejecutiva de la F.ía General de la Nación, está siendo objeto de control inmediato de legalidad en el expediente 11001 03 15 000 2020 01033 00, en el cual se dictó auto que avoca conocimiento del asunto de fecha 14 de abril de 2020, por parte del Consejero de Estado, doctor G.V.H. y, en atención a la inescindible relación existente entre Circular No. 0019 de 27 de abril de 2020 y la Circular No. 0007 de 26 de marzo de 2020, ambas expedidas por la Dirección Ejecutiva de la F.ía General de la Nación, se considera procedente el envío de este expediente para su acumulación a aquel proceso con la finalidad de que el control de legalidad se lleve a cabo en forma integral y conjunta.

NORMA DEMANDADA: CIRCULAR 0019 DE 2020 (27 de abril) FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

CONSEJO DE ESTADO

SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SALA VEINTE ESPECIAL DE DECISIÓN

Consejero ponente: R.A.S. VALDES

Bogotá, D.C., veintinueve (29) de mayo de dos mil veinte (2020)

Radicación número: 11001-03-15-000-2020-02178-00(CA)A

Actor: FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

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