AUTO nº 11001-03-15-000-2020-02505-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA) del 16-06-2020 - Jurisprudencia - VLEX 846613283

AUTO nº 11001-03-15-000-2020-02505-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA) del 16-06-2020

Sentido del falloACCEDE
Normativa aplicadaLEY 137 DE 1994 - ARTÍCULO 20 / LEY 1437 DE 2011 (CPACA) - ARTÍCULO 136 / LEY 1437 DE 2011 (CPACA) - ARTÍCULO 185 / Decreto LEGISLATIVO 457 del 22 de marzo de 2020
EmisorSala Plena
Número de expediente11001-03-15-000-2020-02505-00
Fecha16 Junio 2020




Radicado: 11001-03-15-000-2020-02505- 00

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD


CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Actos objeto de control / CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD DE RESOLUCIÓN NRO. 0699 DEL 29 DE MAYO DE 2020 DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL TOLIMA CORTOLIMA - Avoca conocimiento. Tema: Establece las pautas de atención al público y los canales virtuales para tal fin. Suspende los términos y actuaciones administrativas hasta el día 30 de junio de 2020, fija los parámetros que deben seguir tanto sus funcionarios como sus contratistas, referente al tele trabajo y al cumplimiento de los protocolos de seguridad. / RESOLUCIÓN, CIRCULAR O INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA - Objeto. I.trar tanto a los funcionarios públicos como a los administrados sobre una determinada gestión / RESOLUCIÓN, CIRCULAR O INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA - Contenido y alcance / RESOLUCIÓN, CIRCULAR DE SERVICIO O INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA - Naturaleza jurídica. Constituyen actos administrativos mediante los cuales la administración toma decisiones que afectan a los administrados en sus derechos sustantivos o procedimentales / CONTROL DE LEGALIDAD DE RESOLUCIÓN, CIRCULAR DE SERVICIO O INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA – Procedencia


De conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 de la Ley 137 de 1994; 136 y 185 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo [CPACA], por ser competencia de esta Corporación, se asume el conocimiento y se llevara a cabo el correspondiente control inmediato de legalidad de la Resolución nro. 0699 del 29 de mayo de 2020, proferida por la Corporación Autónoma Regional del Tolima - CORTOLIMA: “Por la cual se profieren unas medidas en torno al funcionamiento de la Corporación derivadas de la emergencia sanitaria a causa del COVID-19”. (…) [L]as resoluciones, circulares o instrucciones que expide la administración para dar a conocer el pensamiento o política del Gobierno Nacional, sobre determinada materia, tienen por objeto ilustrar tanto a los funcionarios públicos como a los administrados sobre una determinada gestión. Estas instrucciones, contienen un conjunto de reglas de carácter interno, emanadas del superior, expedidas en ejercicio de sus atribuciones legales y destinadas a los funcionarios de la administración para que ajusten determinada actividad a lo que en ellas se establece. Por lo tanto, la administración en ejercicio de su función crea interpretaciones o pareceres que se convierten en reglas, que vinculan a los particulares ante la administración, como en el caso materia de estudio, la atención al público vía Web o plataformas virtuales. Dicho esto, mediante tales resoluciones, instrucciones o circulares de servicio, la administración toma decisiones que afectan a los administrados en sus derechos sustantivos o procedimentales, esas decisiones, que obligatoriamente deben aplicar los servidores...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR