AUTO nº 11001-03-15-000-2020-01237-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA) del 06-07-2020
Sentido del fallo | NO APLICA |
Normativa aplicada | LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 185 NUMERAL 5 |
Emisor | Sala Plena |
Fecha | 06 Julio 2020 |
Número de expediente | 11001-03-15-000-2020-01237-00 |
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EMERGENCIA SANITARIA – Medidas / MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL SANITARIO – Para evitar la propagación del coronavirus COVID 19 / MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES – Definición del listado de veinte (20) direcciones de Internet (URL) de navegación gratuita por parte de usuarios de telefonía móvil en la modalidad pospago, de que trata el literal b) del numeral 1 del artículo 2 / DECRETO DE PRUEBAS – No se solicitaron ni aportaron y el despacho considera que no es conducente / TRASLADO AL MINISTERIO PÚBLICO PARA RENDIR CONCEPTO
Visto el artículo 185 de la Ley 1437 de 18 de enero de 2011, sobre el trámite del medio de control inmediato de legalidad; y atendiendo a que: i) mediante auto de 24 de abril de 2020 se consideró que, “[…] [u]na vez surtidas las actuaciones indicadas supra, en la oportunidad procesal correspondiente, se decidirá sobre el decreto de pruebas que se estime conducentes […]”; ii) los invitados e intervinientes no aportaron ni solicitaron pruebas; y iii) este Despacho considera que, en el caso sub examine, no es conducente el decreto de pruebas; y, en consecuencia, dispondrá NO DECRETAR pruebas y ORDENARÁ a la Secretaría General de esta Corporación que pase el asunto al Ministerio Público para que, dentro de los diez (10) días siguientes, rinda su concepto, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.° del artículo 185 de la Ley 1437.
FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 185 NUMERAL 5
NORMA DEMANDADA: RESOLUCIÓN 639 DE 2020 (1 de abril) MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
CONSEJO DE ESTADO
SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Consejero ponente: HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ
Bogotá D. C., seis (6) de julio de dos mil veinte (2020)
Radicación número: 11001-03-15-000-2020-01237-00(CA)B
Actor: MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES – MINTIC
Demandado: RESOLUCIÓN 639 DE 1 ABRIL DE 2020
Referencia: Medio de control inmediato de legalidad
Acto administrativo objeto de control: Resolución 639 de 1 de abril de 2020 expedida por la Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Asunto: Resuelve sobre el decreto de pruebas y el traslado al Ministerio Público para rendir concepto
AUTO INTERLOCUTORIO
Este Despacho procede a resolver sobre el decreto de pruebas y el traslado al Ministerio Público para que rinda concepto, en el marco del medio de control...
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