AUTO nº 11001-03-15-000-2021-02699-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN A) del 12-07-2021
Sentido del fallo | NIEGA |
Emisor | SECCIÓN SEGUNDA |
Fecha | 12 Julio 2021 |
Tipo de documento | Auto |
Número de expediente | 11001-03-15-000-2021-02699-00 |
Normativa aplicada | CONSTITUCION POLÍTICA - ARTÍCULO 86 / DECRETO 2591 DE 1991 / DECRETO 1834 DE 2015 |
Fecha de la decisión | 12 Julio 2021 |
AUTO ADMISORIO DE LA ACCIÓN DE TUTELA / ACUMULACIÓN DE TUTELAS MASIVAS / IMPROCEDENCIA DE LA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN PROVISIONAL / PARO NACIONAL / MILITARIZACIÓN
[E]ste despacho observa que es procedente la acumulación del proceso de la referencia con el que se tramita bajo el radicado número 11001-03-15-000-2021-02258-00, toda vez que los derechos presuntamente vulnerados y las pretensiones guardan la suficiente similitud para ser resueltas en la misma providencia, puesto que se dirigen, de manera central, a que se suspenda la militarización del paro nacional que se inició desde el 28 de abril de 2021. Así las cosas, en aras de preservar la seguridad jurídica, la economía procesal y el debido proceso de las partes, este despacho dispondrá la acumulación de los procesos citados para tramitarlos y adoptar una decisión, de conformidad como lo dispone el Decreto 1834 de 2015. (…) se negará la medida cautelar solicitada, relacionada con que se suspenda la militarización del paro nacional, toda vez que es necesario recaudar elementos probatorios adicionales a los que reposan en el expediente de tutela. Aun así, en caso de ser necesaria dicha medida, podrá ser decretada en cualquier etapa del proceso.
FUENTE FORMAL: CONSTITUCION POLÍTICA - ARTÍCULO 86 / DECRETO 2591 DE 1991 / DECRETO 1834 DE 2015
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN A
Consejero ponente: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ
Bogotá D.C., doce (12) de julio de dos mil veintiuno (2021)
Radicación número: 11001-03-15-000-2021-02699-00(AC)
Actor: ALEJANDRINA PACHECO PEÑA
Demandado: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y OTROS
AUTO QUE ORDENA ACUMULACIÓN
El despacho decide la solicitud de acumulación del proceso de la referencia con el expediente Nº 11001-03-15-000-2021-02258-00, previas las siguientes precisiones:
1. Del proceso radicado con el Nº 11001-03-15-000-2021-02699-00
La señora A.P.P., a nombre propio, interpone acción de tutela en contra de la Presidencia de la República y otros, en la que formula las siguientes pretensiones:
«1. Ordenar al P., al min interior, min defensa y comandantes de Fuerzas Militares suspender el despliegue de las fuerzas Militares de todo el territorio, en lo atinente a la represión sistemática de la protesta social.
2. Ordenar al P. de la República que a su vez ordene a la Policía Nacional, cumplir con su función constitucional de protección a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba