AUTO nº 11001-03-26-000-2021-00047-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 15-07-2021 - Jurisprudencia - VLEX 875754282

AUTO nº 11001-03-26-000-2021-00047-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 15-07-2021

Sentido del falloNO APLICA
EmisorSECCIÓN TERCERA
Número de expediente11001-03-26-000-2021-00047-00
Tipo de documentoAuto
Fecha15 Julio 2021
Normativa aplicadaC.P.A.C.A. - ARTÍCULO 170 / C.P.A.C.A. - ARTÍCULO 166 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO - ARTÍCULO 115
Fecha de la decisión15 Julio 2021

ACCIÓN DE NULIDAD / AUTO DE INADMISIÓN DE LA DEMANDA / AUTO INADMISORIO DE LA DEMANDA / AUTO QUE INADMITE LA DEMANDA / FALTA DE REQUISITOS DE LA DEMANDA / DEMANDA CONTRA ENTIDAD PÚBLICA / CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA

El despacho inadmitirá la demanda presentada por la Sociedad Central de Activos Mineros S.A.S contra la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, de conformidad con lo previsto en el artículo 170 de la Ley 1437 de 2011, dado que, carece de requisitos legales.

FUENTE FORMAL: C.P.A.C.A. - ARTÍCULO 170

DEMANDA / REQUISITOS DE LA DEMANDA / PRESUPUESTOS DE LA DEMANDA / REQUISITOS FORMALES DE LA DEMANDA / ANEXOS DE LA DEMANDA / COPIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO / COPIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO ACUSADO / COPIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO DEMANDABLE / PUBLICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO / COMUNICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO / NOTIFICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO / EJECUCIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO / CESIÓN DE DERECHOS / CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHO LITIGIOSO / LICENCIA DE EXPLOTACIÓN / RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA / FALTA DE ANEXOS DE LA DEMANDA / CONDUCTA OMISIVA DE LA PARTE DEMANDANTE

El artículo 166 del CPACA, señala una lista de anexos que deben acompañar la demanda, entre estos, se encuentra la copia de los actos acusados, con su constancia de publicación, comunicación, notificación o ejecución y, el documento idóneo que acredite el carácter con que el actor se presentó al proceso, cuando el derecho que reclama proviene de haber sido trasmitido por otro, a cualquier título. Al respecto, se advierte que, no se aportó copia del Auto (…) ni la respectiva constancia de publicación, comunicación, notificación o ejecución de este y de la Resolución (…) - actos demandados-; así como tampoco, del contrato de cesión total de derechos de la licencia de explotación (…), suscrito entre la parte actora y la sociedad.

FUENTE FORMAL: C.P.A.C.A. - ARTÍCULO 166

INADMISIÓN DE LA DEMANDA / CAUSALES DE INADMISIÓN DE LA DEMANDA / AUTO DE INADMISIÓN DE LA DEMANDA / SUBSANACIÓN DE LA DEMANDA / TÉRMINO DE SUBSANACIÓN DE LA DEMANDA / COPIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO / COPIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO ACUSADO / COPIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO DEMANDABLE / PUBLICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO / COMUNICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO / NOTIFICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO / EJECUCIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO / CESIÓN DE DERECHOS / CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHO LITIGIOSO / LICENCIA DE EXPLOTACIÓN / RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA / ESTADO DEL PROCESO - Certificación expedida por la Secretaría de la Sección Tercera

[S]e inadmitirá la demanda para que, en el término de 10 días contados a partir de la notificación de esta providencia, el demandante allegue: 1) Copia del Auto (…), con su respectiva constancia de publicación, notificación comunicación o ejecución, 2) Constancia de publicación, notificación comunicación o ejecución de la Resolución (…) y 3) Contrato de cesión total de derechos de la licencia de explotación (…), so pena de rechazo. (…) Finalmente, en relación con la solicitud recibida por este despacho (…), en la que se solicitó por parte del Juzgado 1 Promiscuo de Familia del Circuito de Ubaté, información respecto del proceso de la referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Código General del Proceso, se ordenará a la Secretaría de la Sección Tercera que expida certificación en los términos requeridos.

FUENTE FORMAL: CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO - ARTÍCULO 115

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN B

Consejero ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA

Bogotá D.C., quince (15) de julio de dos mil veintiuno (2021)

Radicación número: 11001-03-26-000-2021-00047-00(66698)

Actor: SOCIEDAD CENTRAL DE ACTIVOS MINEROS S.A.S

Demandado: CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA

Referencia: ACCIÓN DE NULIDAD

Tema: inadmite demanda de nulidad

El despacho resuelve sobre la admisión de la demanda de nulidad interpuesta por la Sociedad Central de Activos Mineros S.A.S. contra la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca.

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