AUTO nº 11001-03-15-000-2021-02557-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN A) del 28-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 875754574

AUTO nº 11001-03-15-000-2021-02557-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN A) del 28-06-2021

Sentido del falloNIEGA
EmisorSECCIÓN SEGUNDA
Número de expediente11001-03-15-000-2021-02557-00
Tipo de documentoAuto
Fecha28 Junio 2021
Fecha de la decisión28 Junio 2021
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CONSEJO DE ESTADO


ACCIÓN DE TUTELA / SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES – Incumplimiento de requisitos / SUSPENSIÓN DE LA MILITARIZACIÓN DEL PARO NACIONAL - Falta de elementos probatorios para demostrar la afectación inminente de derechos fundamentales


[S]e negará la medida cautelar solicitada, relacionada con que se suspenda la militarización del paro nacional, toda vez que es necesario recaudar elementos probatorios adicionales a los que reposan en el expediente de tutela. Aún así, en caso de ser necesaria dicha medida, podrá ser decretada en cualquier etapa del proceso.



CONSEJO DE ESTADO


SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A


Consejero ponente: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ


Bogotá D.C., veintiocho (28) de junio de dos mil veintiuno (2021)


Radicación número: 11001-03-15-000-2021-02557-00(AC)


Actor: SERGIO MARIO ESCORCIA BARRIOS


Demandado: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y OTROS




El despacho decide la solicitud de acumulación del proceso de la referencia con el expediente N.º 11001-03-15-000-2021-02258-00, previas las siguientes precisiones:


Del proceso radicado con el N.º 11001-03-15-000-2021-02557-00


El señor S.M.E.B. interpone acción de tutela en contra de la Presidencia de la República y otros, en la que formula las siguientes pretensiones:


“1.- Ordenar al P., al min interior, min defensa y comandantes de Fuerzas Militares suspender el despliegue de las fuerzas Militares de todo el territorio, en lo atinente a la represión sistemática de la protesta social.


2.- Ordenar al P. de la República que a su vez ordene a la Policía Nacional, cumplir con su función constitucional de protección a los ciudadanos, cesando los ataques, masacres y asesinatos y otros actos indiscriminados e inhumanos contra la ciudadanía en general.


3.- Se le ordene al P. de la República y sus ministros restablezca la paz y los canales pacíficos, democráticos de nuestro Estado Social De Derecho. primero la vida, la integridad de todas las personas y la paz.


4.- Solicite a la Corte Suprema de Justicia que investigue y sancione las responsabilidades penales en que hayan incurrido los tutelados frente a los crímenes cometidos durante las protestas además de las posibles extralimitaciones e incumplimientos de los deberes y responsabilidades constitucionales y legales. Así́ mismo a Procuraduría, Defensoría del Pueblo, Contraloría, Fiscalía también el cumplimiento de sus responsabilidades de protección, investigación y sanción a los responsables”.


Dicho proceso correspondió, por reparto, al despacho de la magistrada N.M.P.G., el cual mediante proveído de 18 de mayo de 2021, ordenó remitirlo al despacho del magistrado J.R.P.R. para resolver su posible acumulación al expediente 11001-03-15-000-2021-02250-00. Dicha solicitud fue negada a través de providencia de 25 de mayo de 2021.


En atención a ello, la magistrada sustanciadora, en auto de 2 de junio de 2021, dispuso la remisión del expediente a este despacho, con el fin de analizar su posible acumulación con el proceso 11001-03-15-000-2021-02258-00.


Del proceso con radicado 11001-03-15-000-2021-02258-00


Por otra parte, el señor J.G.O. interpuso acción de tutela, igualmente contra la Presidencia de la República y otros, en la que solicitó lo siguiente:


“1.- ORDENAR al P. de la Republica SUSPENDER las militarizaciones en las ciudades del país en donde haya dado dicha orden con ocasión a las manifestaciones.

2.- ORDENAR al P. de la Republica, Ministerio de Defensa, Policía Nacional - Fuerza Pública, Defensoría del Pueblo, Procuraduría General de la Nación y P.D. a crear de manera INMEDIATA un grupo interdisciplinar que acompañará́ a los centros de mandos de control de las autoridades para vigilancia especial de la misma y cesar las actuaciones que atentan contra la vida de...

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