AUTO nº 11001-03-15-000-2021-02241-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B ) del 17-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 875755511

AUTO nº 11001-03-15-000-2021-02241-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B ) del 17-06-2021

Sentido del falloNO APLICA
EmisorSECCIÓN TERCERA
Fecha de la decisión17 Junio 2021
Tipo de documentoAuto
Fecha17 Junio 2021
Número de expediente11001-03-15-000-2021-02241-00

SOLICITUD DE ACLARACIÓN DE FALLO - Procedencia / CORRECCIÓN DE ERROR POR CAMBIO DE NUMERACIÓN

La aclaración de providencias es un instrumento que el ordenamiento jurídico puso a disposición de las partes del proceso, e inclusive del propio juez, para lograr una mayor comprensión de la decisión judicial cuando existan “conceptos o frases que ofrezcan verdadero motivo de duda”. (…) 8. Frente a lo anterior, la Sala encuentra que, efectivamente, en la sentencia del 21 de enero de 2021, proferida por esta Subsección, se incurrió en error por cambio de numeración, en tanto en el ordinal segundo de la parte resolutiva de esa providencia se hizo referencia al proceso radicado con n.º 41001-33-31-702-2009-00207-01, cuando lo cierto es que verificado el acervo probatorio obrante en el expediente de la referencia, se tiene que el número correspondiente al proceso es el 63001-23-33-000-2017-00469-01 (2349-2019). Así las cosas, se corregirá el error advertido, de modo que en el ordinal segundo de la parte resolutiva de la sentencia del 28 de mayo de 2021 se hará referencia al proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con número de radicado 63001-23-33-000-2017-00469-01 (2349-2019).

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN “B”

Consejero ponente: RAMIRO PAZOS GUERRERO

Bogotá D.C., diecisiete (17) de junio de dos mil veintiuno (2021)

Radicación número: 11001-03-15-000-2021-02241-00(AC)A

Actor: J.D.G.L.

Demandado: CONSEJO DE ESTADO, SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN A Y OTRO

La Sala procede a pronunciarse sobre la solicitud de aclaración y/o corrección de la sentencia de tutela del 28 de mayo de 2021, dictada por esta Subsección, por medio de la cual amparó los derechos fundamentales de la parte actora.

I. ANTECEDENTES

  1. La parte accionante solicitó aclarar y/o corregir el fallo de tutela proferido el 28 de mayo de 2021 por esta Sala, por cuanto en el ordinal segundo de la parte resolutiva de esa providencia se ordenó al Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección A proferir una nueva decisión de remplazo dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho presentada. No...

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