AUTO nº 11001-03-25-000-2020-00492-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN A) del 21-08-2020
Sentido del fallo | NO APLICA |
Número de expediente | 11001-03-25-000-2020-00492-00 |
Fecha de la decisión | 21 Agosto 2020 |
Tipo de documento | Auto |
Emisor | SECCIÓN SEGUNDA |
EXTENSIÓN DE JURISPRUDENCIA / COSA JUZGADA / IMPROCEDENCIA DE LA EXTENSIÓN DE JURISPRUDENCIA
El artículo 269 del CPACA regula la posibilidad y el procedimiento que tienen los ciudadanos para acudir ante el Consejo de Estado, cuando las entidades administrativas nieguen o guarden silencio sobre las peticiones de extensión. […] [L]os requisitos específicos para acceder al mecanismo de extensión de la jurisprudencia, son: i) que exista un argumento claro y justificado del por qué el solicitante se encuentra en la misma situación de hecho y de derecho que el demandante en la sentencia de unificación; ii) deben allegarse las pruebas que sirvan de soporte como si fuera a acudirse a un proceso ordinario; iii) identificarse la sentencia de unificación cuya extensión se pretende y, si es posible, allegar su copia; y iv) que la jurisprudencia objeto de extensión no esté en abierta controversia con actuales sentencias de unificación de la Sala Plena del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional. […] [S]e tienen como elementos para la configuración de cosa juzgada, la identidad de partes que conforman la litis, el objeto sobre el cual recaen las pretensiones de la demanda y la causa para sustentar dichas pretensiones. […] [E]ste despacho observa que en el caso concreto se presenta una cuestión litigiosa que no puede ser debatida a través del mecanismo de extensión de jurisprudencia, pues, tal como se expuso líneas atrás, este procedimiento especial tiene por objeto estudiar si la parte solicitante tiene o no derecho a que se le extiendan los efectos de una sentencia de unificación. […] [L]a sentencia objeto de extensión de jurisprudencia fue la razón principal para que la parte demandante radicara la solicitud de desistimiento de la demanda. Bajo los lineamientos expuestos, el juez ordinario deberá determinar si, en el caso de la referencia, se presenta o no el fenómeno jurídico de la cosa juzgada. En conclusión: En la medida en que existe un asunto litigioso de cosa juzgada que no puede ser resuelto a través del mecanismo de extensión de la jurisprudencia, se negará la petición […]
FUENTE FORMAL: CPACA - ARTÍCULO 269 / CPACA - ARTÍCULO 303
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
SUBSECCIÓN "A"
Consejero ponente: WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ
Bogotá, D.C., veintiuno (21) de agosto de dos mil veinte (2020)
Radicación número: 11001-03-25-000-2020-00492-00(1205-20)
Actor: IGNACIO RAFAEL MÁRQUEZ GAMARRA
Demandado: CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES
Referencia: REAJUSTE ASIGNACIÓN DE RETIRO POR PRIMA ANTIGÜEDAD. SE NIEGA EXTENSIÓN DE LA JURISPRUDENCIA.
ASUNTO
El Consejo de Estado decide lo correspondiente con respecto a la solicitud de extensión de jurisprudencia interpuesta.
ANTECEDENTES
La parte solicitante pretende, a través de este mecanismo judicial, lo siguiente (folios 1 a 5):
«[…] Que se declare que mi representado tiene derecho a que se le aplique por EXTENSIÓN los efectos de la Sentencia de Unificación proferida por la Sección Segunda del H. Consejo de Estado, con ponencia del H. Consejero Dr. William Hernández Gómez, dentro del expediente radicado bajo el No. 1701-2016, de fecha 25 de Abril (sic) de 2019, aclarada mediante providencia de fecha 10 de Octubre (sic) de 2019.
2. Como consecuencia de la anterior declaración, se condene a la CAJA DE RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES a reliquidar la asignación de retiro que actualmente devenga el señor MÁRQUEZ GAMARRA IGNACIO RAFAEL, aplicando de manera correcta lo normado en el artículo 16 del Decreto 4433 de 2004, esto es, como lo señaló el numeral...
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