AUTO nº 11001-03-25-000-2017-00229-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN A) del 10-06-2021
Sentido del fallo | ACCEDE |
Fecha de la decisión | 10 Junio 2021 |
Número de expediente | 11001-03-25-000-2017-00229-00 |
Tipo de documento | Auto |
Emisor | SECCIÓN SEGUNDA |
IMPEDIMENTO POR INTERÉS DIRECTO EN EL PROCESO / AMISTAD ÍNTIMA / CONVOCATORIA PARA PROCURADORES
Analizada, las causales esgrimidas junto con los argumentos del impedimento manifestado, esta Sala de Decisión los encuentra FUNDADOS, toda vez que los Consejeros (… ) tienen interés directo en las resultas del proceso de la referencia. El consejero (…)y su hermana, así como la hija del consejero(…), participaron en la convocatoria que es objeto de discusión, teniendo ello relación con las pretensiones de la demanda que se discuten en el presente asunto. Por lo tanto, la situación planteada se enmarca en el supuesto de hecho de la norma jurídica en comento. Además, el magistrado S.V. está incurso en la causal de impedimento del numeral 9° del artículo 141 del CGP, toda vez que los actos demandados fueron expedidos por el entonces procurador A.O.M., con quien tiene consolidado un sentimiento de afecto y gratitud. En ese orden de ideas, la Sala declarará FUNDADO el impedimento manifestado por los magistrados.
FUENTE FORMAL: CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO – ARTÍCULO 141 NUMERAL 1
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
SUBSECCIÓN A
Consejero ponente: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ
Bogotá, D.C., diez (10) de junio de dos mil veintiuno (2021).
Radicación número: 11001-03-25-000-2017-00229-00(1242-17)
Actor: H.J. GUERRA LEÓN
Demandado: PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Referencia: Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Tema: Ley 1437 de 2011. Resuelve manifestación de impedimento. Consejo de Estado.
RESUELVE IMPEDIMENTO
Procede la Sala a resolver la manifestación de impedimento presentada por los Consejeros de Estado William Hernández Gómez y R.F. Suárez Vargas, dentro del proceso de la referencia.
ANTECEDENTES
El señor Héctor Jaime Guerra León, mediante apoderado, presentó medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho en el que solicitó la nulidad de las Resolución 040 de 20 de enero de 2015, la Convocatoria 006 del 23 de enero de 2015, el Decreto 3315 de 8 de agosto de 2016, el Decreto 3878 de 8 de agosto de 2016 y la Acta de posesión No. 112 de X.M.M.A. de 1 de septiembre de 2016, expedidos por la Procuraduría General de la Nación.
A título de restablecimiento del derecho solicitó que se ordene a la Procuraduría General de la Nación el reintegro al cargo de
Procurador Judicial II, Código 3PJ, Grado EC, en la Procuraduría 31 Judicial...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba