AUTO nº 11001-03-15-000-2021-02293-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN PRIMERA) del 09-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 896185119

AUTO nº 11001-03-15-000-2021-02293-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN PRIMERA) del 09-06-2021

Sentido del falloNIEGA
Número de expediente11001-03-15-000-2021-02293-00
Fecha de la decisión09 Junio 2021
Tipo de documentoAuto
EmisorSECCIÓN PRIMERA



AUTO QUE RECHAZA LA ACCIÓN DE TUTELA / AUTO QUE DECLARA IMPROCEDENTE EL RECURSO DE REPOSICIÓN / APELACIÓN DE LA ACCIÓN DE TUTELA - Improcedente


[S]i bien es cierto que, por regla general, ante la ausencia de norma expresa que regule un trámite, procede acudir de manera supletoria o subsidiaria a los preceptos que se encuentran en el Código General del Proceso, también lo es que dicha regla no aplica para la acción constitucional de tutela, toda vez que su regulación está desprovista de las formalidades propias de los procesos que se adelantan en las diferentes jurisdicciones. (…) la jurisprudencia de esta Sección, reiteradamente, ha sostenido que el único recurso legalmente establecido dentro del trámite de una acción de tutela es la impugnación contra el fallo de primera instancia y, por lo tanto, aquellos recursos, cualesquiera que sean, interpuestos contra las providencias proferidas dentro de esta acción, se tornan improcedentes. Con fundamento en las anteriores premisas, se rechazarán por improcedentes tanto el recurso de reposición como el de apelación interpuesto en subsidio del anterior; recursos estos que fueron incoados en contra del auto de 20 de mayo de 2021, por medio del cual se rechazó la acción de tutela de la referencia.


FUENTE FORMAL: CONSTITUCION POLÍTICA - ARTÍCULO 86 / DECRETO 2591 DE 1991



CONSEJO DE ESTADO


SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


SECCIÓN PRIMERA


Consejero ponente: ROBERTO AUGUSTO SERRATO VALDÉS


Bogotá, D.C., nueve (9) de junio de dos mil veintiuno (2021)


Radicación número: 11001-03-15-000-2021-02293-00(AC)


Actor: LUIS ALFREDO LOZANO ALGAR


Demandado: PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA




Auto que rechaza por improcedente los recursos


Procede este Despacho a pronunciarse respecto del recurso de reposición y, en subsidio, de apelación, interpuesto por el ciudadano Luis Alfredo Lozano Algar en contra del auto de 20 de mayo de 2021, por medio del cual se rechazó la solicitud de amparo de referencia.


  1. ANTECEDENTES

  1. El ciudadano Luis Alfredo Lozano Algar promovió acción de tutela en contra del Presidente de la República de Colombia, por considerar vulnerados sus derechos fundamentales «a la Vida; Derecho a la Salud; Derecho a la Libre Locomoción; Derecho al Trabajo; Protección Especial a la Tercera Edad; Derecho al Libre Desarrollo de la Personalidad».



  1. Mediante auto de 10 de mayo de 2021, este Despacho...

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