AUTO nº 11001-03-15-000-2021-07349-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN A) del 26-11-2021
Sentido del fallo | NO APLICA |
Fecha de la decisión | 26 Noviembre 2021 |
Número de expediente | 11001-03-15-000-2021-07349-00 |
Tipo de documento | Auto |
Emisor | SECCIÓN SEGUNDA |
ACCIÓN DE TUTELA / AUTO QUE RECHAZA LA ACCIÓN DE TUTELA / OMISIÓN DE LA PARTE ACTORA EN LA SUBSANACIÓN DEL ESCRITO DE LA DEMANDA DE LA ACCIÓN DE TUTELA
A través de auto del 9 de noviembre de 2021, y notificado el 12 de igual mes y anualidad, se inadmitió la acción de tutela de la referencia y se ordenó [corregir el escrito de la demanda de tutela, so pena de rechazo]. (…) Al realizarse, nuevamente, el estudio del expediente para determinar su admisión, se observa que el accionante no atendió los requerimientos dispuestos por este despacho, dentro del término legal concedido, de conformidad con el artículo 17 del Decreto 2591 de 1991, motivo por el cual, ante el silencio del accionante y la imposibilidad de establecer los hechos que motivan la acción, se rechazará la presente solicitud de amparo constitucional. No obstante lo precedente, cabe señalar que la decisión de rechazo de la acción de tutela no hace tránsito a cosa juzgada. (…) [Por tanto, según lo resalta la Corte Constitucional,] es de anotar que sobre la decisión de rechazo de la solicitud de tutela “[…] existe la posibilidad de que ella sea impugnada y eventualmente sometida a la revisión de la Corte Constitucional […]”.
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
SUBSECCIÓN A
Consejero ponente: RAFAEL FRANCISCO SUÁREZ VARGAS
Bogotá, D. C., veintiséis (26) de noviembre de dos mil veintiuno (2021)
Radicación número: 11001-03-15-000-2021-07349-00(AC)A
Actor: J.E.A.I.
Demandado: TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PEREIRA Y OTROS
AUTO
A través de auto del 9 de noviembre de 2021, y notificado el 12 de igual mes y anualidad, se inadmitió la acción de tutela de la referencia y se ordenó lo siguiente:
[…]
Único. Requerir al accionante, para que, dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de esta providencia, esclarezca los puntos que se señalan a continuación, en un memorial aclaratorio, y aporte los siguientes documentos:
i) Señale si desea vincular como accionados o como terceros interesados al Consejo de Estado, al abogado P.L., a la Procuraduría General de la Nación, y a la Defensoría del Pueblo.
ii) En caso de pretender accionar al Consejo de Estado, dentro de este trámite, indique las razones, y de haber presentado derechos de petición ante esta corporación, que no fueron contestados, se solicita aportar copia de las solicitudes, fecha de radicación o envío por correo electrónico y despachos ante los cuales fueron presentadas. Si se allegaron dentro de algún proceso, aportar el radicado completo.
iii) Aporte la fecha de la sentencia que se busca cuestionar a través de esta acción de tutela, señalando que autoridad judicial la emitió, así como la fecha, el consecutivo completo de radicación y el tipo de proceso.
iv) Allegue una dirección de notificación, o correo electrónico del abogado P.L..
v) Si presentó un derecho de petición ante el Juzgado 2 Civil del Circuito de P., indicar la fecha de radicación, y aportar una copia de dicha solicitud.
vi) Explique el motivo por el que hace alusión a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba