Auto Nº 11001-33-35-027-2019-00251-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 26-07-2021 - Jurisprudencia - VLEX 904953830

Auto Nº 11001-33-35-027-2019-00251-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 26-07-2021

Fecha26 Julio 2021
Número de expediente11001-33-35-027-2019-00251-01
Número de registro81569036
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, Pensiones y Cesantías / APELACIÓN AUTO QUE DECLARÓ INFUNDADA LA EXCEPCIÓN DE CADUCIDAD FORMULADA POR LA APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA - No se logró demostrar la configuración de la excepción previa de caducidad, pues la demanda aquí analizada se podía presentar en cualquier tiempo, como lo señala el artículo 164, numeral 1º, literal c) del CPACA, al dirigirse contra un acto administrativo que reconoce una prestación periódica / PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL APLICABLE - Confirma el auto proferido el 20 de noviembre de 2020 por el Juzgado Veintisiete (27) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, a través del cual declaró infundada la excepción de caducidad formulada por la apoderada de la parte demandada. / TESIS: Problema jurídico: ¿Decide la Sala el recurso de apelación interpuesto por la apoderada judicial de la parte demandada, contra el auto proferido el 20 de noviembre de 2020 por el Juzgado Veintisiete (27) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, por medio del cual declaró infundada la excepción de caducidad?
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