Auto Nº 11001-33-42-056-2018-00118-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 24-09-2021 - Jurisprudencia - VLEX 924746887

Auto Nº 11001-33-42-056-2018-00118-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 24-09-2021

Fecha24 Septiembre 2021
Número de expediente11001-33-42-056-2018-00118-01
Número de registro81618820
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaVALORES DEDUCIDOS POR CONCEPTO DE APORTES A PENSIÓN - Revoca el auto proferido el 4 de julio de 2018 por el Juzgado Cincuenta y Seis (56) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, por las razones expuestas en la presente decisión / DECISIÓN - Ordena al Juzgado para liquidar los aportes a pensión se debe tener en cuenta la normatividad vigente al momento en el que debió efectuarse tal aporte y en la proporción específica que le corresponda al trabajador / INDEXACIÓN - Después de liquidar el valor sobre el cual se debían realizar los descuentos de los aportes no realizados, se procederá a indexar la suma arrojada hasta la ejecutoria de la sentencia ejecutada. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar si habrá lugar a revocar o confirmar el auto del 4 de julio de 2018, por medio del cual el Juzgado Cincuenta y Seis (56) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá negó el mandamiento de pago pretendido por la parte ejecutante, al considerar que la entidad realizó el cálculo actuarial para determinar el valor de la deducción de aportes sobre los factores incluidos en la liquidación de la pensión? SALVAMENTO DE VOTO - Revoca el auto proferido el 4 de julio de 2018 por el Juzgado Cincuenta y Seis (56) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, por las razones expuestas en la presente decisión / DECISIÓN - Ordena al Juzgado para liquidar los aportes a pensión se debe tener en cuenta la normatividad vigente al momento en el que debió efectuarse tal aporte y en la proporción específica que le corresponda al trabajador / INDEXACIÓN - Después de liquidar el valor sobre el cual se debían realizar los descuentos de los aportes no realizados, se procederá a indexar la suma arrojada hasta la ejecutoria de la sentencia ejecutada. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar si habrá lugar a revocar o confirmar el auto del 4 de julio de 2018, por medio del cual el Juzgado Cincuenta y Seis (56) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá negó el mandamiento de pago pretendido por la parte ejecutante, al considerar que la entidad realizó el cálculo actuarial para determinar el valor de la deducción de aportes sobre los factores incluidos en la liquidación de la pensión?
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