Auto Nº 110013120001202200061 01 del Tribunal Superior de Bogotá Sala - Extinción de Dominio, 20-09-2023 - Jurisprudencia - VLEX 980646366

Auto Nº 110013120001202200061 01 del Tribunal Superior de Bogotá Sala - Extinción de Dominio, 20-09-2023

Sentido del falloConfirma legalidad.
Normativa aplicada1. 2. Causal 1ª del artículo 112 de la Ley 1708 de 2014
Fecha20 Septiembre 2023
Número de expediente110013120001202200061 01
MateriaCONTROL DE LEGALIDAD DE LAS MEDIDAS CAUTELARES - Causal 1ª del artículo 112 de la Ley 1708 de 2014, requiere se demuestre la inexistencia de un mínimo de material suasorio / TESIS: Sea lo primero aclarar acerca de la norma referida, que se concibió como un mecanismo para controlar la legalidad formal y material de las medidas cautelares, evitando excesos en las determinaciones adoptadas por las autoridades instructoras, cuando surge evidente la ausencia total de una base demostrativa elemental para construir una inferencia razonable con los eventos que hacen procedente la extinción del dominio. Sin embargo, tal figura no fue instituida como una forma de surtir debates anticipados, tendientes a desvirtuar la causal con la que el Ente Acusador perfiló su pretensión extintiva, ni para incorporar elementos de juicio en un escenario preliminar en el que no se ha surtido el debate probatorio, pues para dejar sin efectos la medida cautelar por parte de la autoridad judicial, deberá acreditarse por el solicitante que la Fiscalía carece por completo de elementos probatorios para imponer las cautelaciones, lo que torna su determinación como antojadiza y arbitraria. (…) Dicho lo anterior, lo que hace el actor para sustentar la causal es transcribir apartes de la resolución atacada, para concluir que el desarrollo dado por la Fiscalía “resulta insuficiente y superficial para imponer tres medidas cautelares”11, con lo que surge evidente que no cumplió con las cargas que son inherentes del instituto del control de legalidad, pues lo que estaba obligado a acreditar era la inexistencia de un mínimo de material suasorio para edificar el probable vínculo con alguna causal de extinción del dominio.
Número de registro81710741
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