AUTO N° 12199 de la Gaceta Ambiental ANLA, 23-12-2020
Número de expediente | LAM4795 |
Número de resolución | 12199 |
Fecha | 23 Diciembre 2020 |
Fecha de publicación | 28 Diciembre 2020 |
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
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República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
AUTO N° 12199
( 23 de diciembre de 2020 )
POR EL CUAL SE EFECTÚA SEGUIMIENTO Y CONTROL AMBIENTAL”
LA COORDINADORA DEL GRUPO DE ORINOQUIA - AMAZONAS
DE LA SUBDIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO DE LICENCIAS AMBIENTALES DE LA
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA
En ejercicio de las facultades otorgadas por la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el
Decreto 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto 376 del 11 de
marzo de 2020, el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, la Resolución 415 del 12 de
marzo de 2020, la Resolución 2012 del 11 de diciembre de 2020, y la Resolución 1743 del
26 de octubre de 2020, y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución 2035 del 15 de octubre de 2010, el Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, (en
adelante el Ministerio) otorgó Licencia Ambiental Global, a la Sociedad META PETROLEUM
CORP, para el proyecto “Área de Explotación de Hidrocarburos Quifa”, localizado en
jurisdicción del municipio de Puerto Gaitán, en el departamento del Meta.
Que la Licencia Ambiental del Proyecto “Área de Explotación de Hidrocarburos Quifa”, ha
sido objeto de modificación mediante los siguientes actos: Resolución 987 del 30 de mayo
de 2011 del Ministerio; Resolución 261 del 20 de marzo de 2013, aclarada mediante
Resolución 338 del 4 de abril de 2014; Resolución de ajuste vía seguimiento 427 del 7 de
mayo de 2014, Resolución de ajuste vía seguimiento 93 del 30 de enero de 2015;
modificada por Resolución 808 del 10 de julio de 2015 que resolvió el recurso de reposición
y Resolución 1286 del 13 de octubre de 2015 de la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales, (en adelante la Autoridad Nacional).
Que a través del Auto 2381 del 17 de mayo de 2017, la Autoridad Nacional aceptó el cambio
de razón social de la Sociedad META PETROLEUM CORP SUCURSAL COLOMBIA por
FRONTERA ENERGY COLOMBIA CORP SUCURSAL COLOMBIA (en adelante la
Sociedad), identificada con NIT. 830126302-2.
Que por medio de Auto 3577 del 29 de junio de 2018 la Autoridad Nacional efectuó
seguimiento a la obligación de la inversión forzosa de no menos del 1% del proyecto “Área
de Explotación de Hidrocarburos Quifa”, efectuando requerimientos a la Sociedad.
Que la Autoridad Nacional realizó reunión de seguimiento y control ambiental y suscribió el
Acta 29 del 15 de mayo de 2019, en la cual se efectuaron requerimientos a la Sociedad,
relacionados con la inversión forzosa de no menos del 1% del proyecto “Área de Explotación
de Hidrocarburos Quifa”.
Que su vez la Licencia Ambiental del Proyecto “Área de Explotación de Hidrocarburos Quifa”,
fue modificada por Resolución de ajuste vía seguimiento 1077 del 17 de junio de 2019.
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