AUTO nº 13001-23-31-000-2003-01158-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN PRIMERA) del 22-02-2021
Sentido del fallo | NIEGA |
Número de expediente | 13001-23-31-000-2003-01158-01 |
Fecha de la decisión | 22 Febrero 2021 |
Tipo de documento | Auto |
Emisor | SECCIÓN PRIMERA |
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN – Decisión sobre pruebas / DECRETO DE PRUEBA – Requisitos: pertinencia, conducencia, utilidad y licitud / PRUEBA DOCUMENTAL – Se niega por inútil al obrar dentro del expediente
El Despacho observa que, en el caso sub examine, la parte demandante aportó y solicitó que se tengan como pruebas unos documentos que obran dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el número único de radicación 130012331000 2003 01158 02. En esa medida, de conformidad con las normas citadas [artículos 164, 165, 167, 168 y 171 del C.G.P], este Despacho denegará la solicitud probatoria presentada por la parte demandante por considerarla inútil, toda vez que los documentos hacen parte del expediente que contiene el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el número único de radicación 13001 23 31 000 2003 01158 02, el cual fue allegado al proceso de la referencia y serán apreciados en la oportunidad procesal correspondiente.
DECRETO Y PRÁCTICA DE PRUEBAS EN EL RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN – Marco normativo y jurisprudencial
NOTA DE RELATORÍA: Ver providencias, Consejo de Estado Secciones Primera y Cuarta, de 1 de marzo de 2016, Radicación 25000-23-24-000-2002-90003-03, C.G.V.A.; y 7 de febrero de 2013, Radicación 25000-23-27-000-2010-00162-01, C.H.F.B.B..
FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 211 / LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 254 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO – ARTÍCULO 164 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO – ARTÍCULO 165 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO – ARTÍCULO 167 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO – ARTÍCULO 168 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO – ARTÍCULO 171
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Consejero ponente: HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ
Bogotá, D.C., veintidós (22) de febrero de dos mil veintiuno (2021)
Radicación número: 13001-23-31-000-2003-01158-01
Actor: EDUARDO BOTERO SOTO S.A
Demandado: UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN
Referencia: Recurso extraordinario de revisión
Asunto: Resuelve sobre la solicitud probatoria presentada por la parte demandante y un reconocimiento de personería
AUTO INTERLOCUTORIO
Este Despacho procede a resolver sobre la solicitud probatoria presentada por la parte demandante y el reconocimiento de personería al apoderado de la parte demandada.
I.- ANTECEDENTES
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E.B.S. S.A.1 interpuso demanda que contiene el recurso extraordinario de revisión2 contra la sentencia proferida, en segunda instancia, por el Tribunal Administrativo de Bolívar el 23 de mayo de 2014, en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el número único de radicación 13001 23 31 000 2003 01158 02.
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La parte demandante solicitó el decreto y práctica de pruebas documentales.
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Este Despacho, por el auto proferido el 30 de septiembre de 20163: i) admitió la demanda que contiene el recurso extraordinario de revisión; ii) ordenó notificar a la parte demandada y al Ministerio Público y iii) solicitó al Tribunal Administrativo de Bolívar remitir en calidad de préstamo el expediente que contiene el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el número único de radicación 13001 23 31 000 2003 01158 02.
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La parte demandada4 contestó la demanda que contiene el recurso extraordinario de revisión5, sin solicitar el decreto y práctica de pruebas.
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El Juzgado Décimo Administrativo del Circuito Judicial de Cartagena6, mediante el oficio núm. 1104 de 24 de noviembre de 20167, remitió en calidad de préstamo el expediente que contiene el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el número único de radicación 13001 23 31 000 2003 01158 02.
II.- CONSIDERACIONES
El Despacho abordará el estudio de las consideraciones en las siguientes partes: i) el uso de las tecnologías de la información y...
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