AUTO nº 15001-33-33-009-2017-00047-01A de Consejo de Estado (SECCION CUARTA) del 14-07-2019
Sentido del fallo | NIEGA |
Normativa aplicada | LEY 472 DE 1998 - ARTÍCULO 27. |
Emisor | SECCIÓN CUARTA |
Fecha | 14 Julio 2019 |
Número de expediente | 15001-33-33-009-2017-00047-01A |
MECANISMO DE REVISIÓN EVENTUAL EN SENTENCIA DE ACCIÓN POPULAR / RECURSO DE INSISTENCIA - Confirma auto / SOLICITUD DE PUBLICACIÓN DE LA PARTE RESOLUTIVA DE LA SENTENCIA - No procede
La Sala decide el recurso de insistencia presentado por el demandante contra la providencia del 15 de mayo de 2019, proferida por esta Sección, que decidió no seleccionar para revisión la sentencia del 9 de octubre de 2018, proferida por el Tribunal Administrativo de Boyacá. (…) [La Sala] confirmará el auto del 15 de mayo de 2019, dictado por esta Sección, que decidió no seleccionar para revisión la sentencia del 9 de octubre de 2018, proferida por el Tribunal Administrativo de Boyacá (…), [en razón] que [si bien] el actor subsanó la omisión de sustentar la petición de revisión y en la insistencia identificó sentencias del Tribunal Administrativo de Boyacá para denotar que existen interpretaciones divergentes del artículo 27 de la Ley 472 de 1998 (…) de la sustentación ofrecida, no se advierte que sea necesario seleccionar para revisión la sentencia de segunda instancia del presente proceso, pues lo cierto es que esa cuestión quedó definida por el tribunal, en el marco de su independencia y autonomía. (…) Lo anterior es suficiente para desestimar la insistencia.
FUENTE FORMAL: LEY 472 DE 1998 - ARTÍCULO 27.
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
Consejero ponente: JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ
Bogotá, D.C., catorce (14) de agosto de dos mil diecinueve (2019)
Radicación número: 15001-33-33-009-2017-00047-01A(AP)REV
Actor: YESID FIGUEROA GARCÍA
Demandado: MUNICIPIO DE TUNJA
La Sala decide el recurso de insistencia presentado por el demandante contra la providencia del 15 de mayo de 2019, proferida por esta Sección, que decidió no seleccionar para revisión la sentencia del 9 de octubre de 2018, proferida por el Tribunal Administrativo de Boyacá.
ANTECEDENTES
Se destacan los siguientes hechos relevantes:
El señor Yesid Figueroa García promovió acción popular contra el municipio de Tunja, con el fin de obtener la protección de los derechos colectivos al goce, utilización y defensa del espacio público y bienes de uso público, la seguridad y salubridad públicas y el acceso a una infraestructura de servicio que garantice la salubridad. Por tanto, solicitó (i) conminar al demandado a construir un puente peatonal en la calle 8, colindante con la Licorera de Boyacá, (ii) ordenar la demolición del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba