AUTO nº 15238-33-33-001-2016-00246-01A de Consejo de Estado (SECCION CUARTA) del 29-07-2019
Sentido del fallo | NIEGA |
Fecha | 29 Julio 2019 |
Emisor | SECCIÓN CUARTA |
Número de expediente | 15238-33-33-001-2016-00246-01A |
MECANISMO DE REVISIÓN EVENTUAL EN SENTENCIA DE ACCIÓN DE GRUPO / SOLICITUD DE INSISTENCIA - Confirma auto / IMPROCEDENCIA DE LA PETICIÓN DE UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA - Ante la ausencia real de unificar jurisprudencia
La Sala decide el recurso de insistencia presentado por la parte demandante contra la providencia del 30 de mayo de 2019, dictada por esta Sección, que decidió no seleccionar para revisión la sentencia del 27 de febrero de 2019, proferida por el Tribunal Administrativo de Boyacá. (…) [La Sala] confirmará el auto del 30 de mayo de 2019, proferido por esta Sección, que decidió no seleccionar para revisión la sentencia del 27 de febrero de 2019, proferida por el Tribunal Administrativo de Boyacá (…), [en la medida en que se] advierte el ánimo de simplemente extender la discusión del proceso, en punto de insistir en que los demandantes sí fueron afectados por la ola invernal de 2011, que sufrió el municipio de Boavita. Sobre el particular, la Sala se remite a la providencia del 30 de mayo de 2019, en la que se concluyó que el objeto de la revisión era cuestionar la valoración probatoria del Tribunal Administrativo de Boyacá, mas no demostrar que existe la real necesidad de unificar jurisprudencia, y que, por ende, la selección para revisión resultaba improcedente. Si bien es cierto en el recurso de insistencia se mencionan sentencias de distintos tribunales administrativos, para demostrar la existencia de pronunciamientos contradictorios, lo cierto es que las providencias no fueron aportadas, a fin de poder verificar la identidad fáctica con la decisión de la cual se pretende la revisión eventual. Lo anterior es suficiente para desestimar la insistencia.
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
Consejero ponente: JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ
Bogotá, D.C., veintinueve (29) de agosto dos mil diecinueve (2019)
Radicación número: 15238-33-33-001-2016-00246-01A(AG)REV
Actor: V.M.Q.D. Y OTROS
Demandado: MUNICIPIO DE BOAVITA (BOYACÁ) Y OTROS
La Sala decide el recurso de insistencia presentado por la parte demandante contra la providencia del 30 de mayo de 2019, dictada por esta Sección, que decidió no seleccionar para revisión la sentencia del 27 de febrero de 2019, proferida por el Tribunal Administrativo de Boyacá.
ANTECEDENTES
Se destacan los siguientes hechos relevantes:
1. El señor V.M.Q.D., en nombre propio y en representación de un grupo de personas, promovió acción de grupo contra el municipio de Boavita (Boyacá), con el fin de obtener el pago del apoyo económico previsto en la Resolución 074 del 15 de diciembre de 2011, por haber sido afectados por la segunda ola invernal del 2011.
2. Por sentencia del 5 de marzo de 2018, el Juzgado Primero Administrativo de Duitama denegó las pretensiones, porque los demandantes no demostraron haber sido afectados por la segunda ola invernal del 2011.
3. A instancias del recurso de apelación presentado por la parte actora, mediante sentencia del 27 de febrero de 2019,...
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