Auto Nº 152383105001201800034 01 del Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo Sala Única, 15-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 980639467

Auto Nº 152383105001201800034 01 del Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo Sala Única, 15-06-2021

Sentido del falloCONFIRMA AUTO
EmisorSala Única (Tribunal Superior de Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo de Colombia)
Fecha15 Junio 2021
Número de expediente152383105001201800034 01
Número de registro81560163
Normativa aplicada1. El artículo 25 de la Ley 1715 de 2015Sentencia C-354 de 1997 sentencia STC 3797 de 2018 Sentencia C-1154 de 2008
MateriaEJECUTIVO LABORAL - LEVANTAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR SOBRE RECURSOS PÚBLICOS QUE FINANCIAN LA SALUD Y POR SU DESTINACIÓN SE CONSIDERABAN INEMBARGABLES: Improcedencia pues los créditos de origen laboral pueden dar lugar a que los recursos, provenientes del Sistema General de Participaciones, sean objeto de embargos; hoy la única excepción bajo la cual se pueden embargar dineros del Sistema General de Participaciones es cuando el título ejecutivo provenga de las obligaciones laborales reconocidas mediante sentencia. / TESIS: En resumen, los créditos de origen laboral pueden dar lugar a que los recursos provenientes del Sistema General de Participaciones, como es el caso de los depositados en la cuenta corriente No. 395001019 del Banco de Occidente, que la demandada alega tienen el carácter de inembargables, pueden ser objeto de embargos, determinándose así la confirmación del auto de 2 de julio de 2020, manteniéndose firme la medida cautelar de embargo de los dineros ejecutados por Yheisson Miller Pérez Angel a través del presente proceso ejecutivo para el cobro de 23 de enero de 2019 proferida por el Juzgado Laboral del Circuito de Duitama, en contra de la sociedad Centro de Atención Reina María Limitada.
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