Auto Nº 1575931003001201300100 01 del Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo Sala Única, 28-09-2021 - Jurisprudencia - VLEX 980637011

Auto Nº 1575931003001201300100 01 del Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo Sala Única, 28-09-2021

Sentido del falloCONFIRMA AUTO
EmisorSala Única (Tribunal Superior de Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo de Colombia)
Fecha28 Septiembre 2021
Número de expediente1575931003001201300100 01
Número de registro81565503
Normativa aplicada1. numeral 7 del artículo 321 del Código General del Proceso artículo 278 del Código General del Proceso artículo 375 ejusdem inciso 2° de su numeral 4°, providencia AC4204-2017Radicación n° 11001-02-03-000-2017-00998-00, del 30 de junio de 2017, Magistrada Margarita Cabello Blanco.sentencia T-488 de 2011 Ley 160 de 1994 sentencia STC1776-2016,sentencia STC 2174 de 2017 T -488 de 2014.Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, M. P Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo SC8751-2017 Radicación n.° 11001-31-03-025- 2002-01092-01, 20 de junio 2017. 10 Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, M. P Álvaro Fernando García Restrepo STC9845-2017 Radicación n°. 73001-22-13-000- 2017-00239-01, 10 de julio de 2017. 11 Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, M. P Ariel Salazar Ramírez SC1727-2016 Exp: 11001-0203- 000-2004-01022-00, 15 de febrero de 2016. 2. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, M. P Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo SC8751-2017 Radicación n.° 11001-31-03-025- 2002-01092-01, 20 de junio 2017. 10 Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, M. P Álvaro Fernando García Restrepo STC9845-2017 Radicación n°. 73001-22-13-000- 2017-00239-01, 10 de julio de 2017. 11 Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, M. P Ariel Salazar Ramírez SC1727-2016 Exp: 11001-0203- 000-2004-01022-00, 15 de febrero de 2016.
MateriaTERMINACIÓN ANTICIPADA DE PROCESO DE PERTENENCIA DE INMUEBLES RURALES SIN ANTECEDENTE REGISTRAL - FORZOSA INTERVENCIÓN COMO LITISCONSORTE NECESARIO DE LA AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS: Con el propósito que rinda su concepto sobre la naturaleza jurídica del predio que se pretende usucapir. / TESIS: La sentencia T-488 de 2011 creó una sub-regla de derecho para los procesos de pertenencia de inmuebles rurales sin antecedente registral, esto es, la forzosa intervención como litisconsorte necesario de la Agencia Nacional de Tierras, con el propósito que rinda su concepto sobre la naturaleza jurídica del predio que se pretende usucapir; lo anterior, para que en caso de determinarse que sobre el bien recae la presunción de baldío, se adelante un trámite administrativo ante dicha entidad con la finalidad de establecer si puede desvirtuarse dicha presunción, para que en caso de que ello tenga lugar se acuda al proceso de pertenencia ante los Jueces de la República o de lo contrario, agotar el procedimiento de la Ley 160 de 1994 para verificar la viabilidad de la adjudicación. (…) No obstante, la misma Sala de Casación Civil en sentencia STC 2174 de 2017 recogió su anterior postura y adoptó el criterio de la T -488 de 2014. TERMINACIÓN ANTICIPADA DE PROCESO DE PERTENENCIA DE INMUEBLES RURALES SIN ANTECEDENTE REGISTRAL - NO CUMPLEN CON EL REQUISITO QUE EL BIEN SEA SUSCEPTIBLE DE ADQUIRIRSE POR PERTENENCIA, AL SER EL MISMO BALDÍO: Les queda, las respectivas actuaciones administrativas ante la Agencia Nacional de Tierras para obtener, si a bien lo tienen, la adjudicación del baldío o los mecanismos que consideren pertinentes. / TESIS: En consecuencia, los demandantes no cumplen con el requisito que el bien sea susceptible de adquirirse por pertenencia, al ser el mismo baldío, por tanto, el a-quo actuó en legal forma al proferir auto que terminó de manera anticipada el proceso, por lo que a las partes no le es procedente este proceso de pertenencia, quedándoles, las respectivas actuaciones administrativas ante la Agencia Nacional de Tierras, para obtener si a bien lo tienen la adjudicación del baldío o los mecanismos que consideren pertinentes. REPÚBLICA DE COLOMBIA
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