AUTO nº 25000-23-42-000-2020-00342-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B) del 25-11-2021 - Jurisprudencia - VLEX 896202237

AUTO nº 25000-23-42-000-2020-00342-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B) del 25-11-2021

Sentido del falloACCEDE
Fecha de la decisión25 Noviembre 2021
Número de expediente25000-23-42-000-2020-00342-01
Tipo de documentoAuto
EmisorSECCIÓN SEGUNDA

IMPEDIMENTO POR INTERÉS DIRECTO MANIFESTADOS POR MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA –Fundado / PRIMA ESPECIAL DE SERVICIOS


[L]a discusión planteada consiste en la reliquidación de los salarios y las prestaciones sociales con la inclusión de la prima especial de servicios; factor del cual son destinatarios, entre otros, los magistrados de los tribunales administrativos, razón más que suficiente para entender que les asiste un interés en las resultas del proceso. Analizada la causal esgrimida junto con los argumentos del impedimento manifestado, la Sala lo considera FUNDADO, pues como bien lo afirmaron los integrantes del mencionado Tribunal, poseen un interés directo en el caso objeto de controversia, teniendo en cuenta que eventualmente pueden verse cobijados con la decisión del litigio planteado, comoquiera que la prima especial de servicios que se debate podría tener incidencia directa en sus salarios y prestaciones sociales, situación que compromete su imparcialidad.


FUENTE FORMAL: LEY 1564 DE 2012 - ARTÍCULO 141- NUMERAL 1





CONSEJO DE ESTADO


SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


SECCIÓN SEGUNDA


SUBSECCIÓN B


Consejero ponente: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ


Bogotá, D. C., veinticinco (25) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).


Radicación número: 25000-23-42-000-2020-00342-01(3998-21)


Actor: G.A.L.H.


Demandado: RAMA JUDICIAL, DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL





Referencia: Nulidad y restablecimiento del derecho


Tema: Ley 1437 de 2011. Resuelve manifestación de impedimento. Tribunal Administrativo de Cundinamarca.





RESUELVE IMPEDIMENTO


Procede la Sala de Subsección a resolver la manifestación de impedimento presentada por los magistrados del Tribunal Administrativo de Cundinamarca dentro del proceso de la referencia.


ANTECEDENTES


El señor Gustavo Adolfo Ledesma Henao, mediante apoderada, presentó demanda encaminada a que se declare la nulidad de las Resoluciones DESAJMR14-5321 del 16 de diciembre de 2014 y DESAJMR15-23 del 19 de enero de 2015 proferidas por el director ejecutivo seccional de administración judicial de y del acto ficto producto del silencio de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial frente al recurso de apelación interpuesto en contra de la primera.


A título de restablecimiento del derecho solicitó el reconocimiento, reliquidación, reajuste y pago del incremento o agregado del 30% sobre la remuneración mensual...

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