Auto Nº 25000233600020190049500 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 25-02-2020 - Jurisprudencia - VLEX 901348277

Auto Nº 25000233600020190049500 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 25-02-2020

Sentido del falloRECHAZAR
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
Número de registro81514372
Fecha25 Febrero 2020
Número de expediente25000233600020190049500
Normativa aplicada1. Ley 1437 de 2011 (Art. 164); Ley 270 de 1996 (Art. 69).
MateriaMEDIO DE CONTROL - Reparación directa / AUTO - Rechaza demanda por caducidad / CADUCIDAD - En casos de responsabilidad por defectuoso funcionamiento de la administración de justicia / TESIS: (…) En consecuencia y teniendo en cuenta que el termino para presentar la demanda, comienza a partir del momento en que el demandante tuvo conocimiento del daño, para la sala este se concretó el 18 de agosto del 2016, siendo el último día del termino de los 10 días que había concedido Caprecom para que se le remitiera el proceso ejecutivo y se pudiera acumular al proceso liquidatario como lo establece la ley 1105 del 2006. Al no cumplirse con este procedimiento, la parte actora quedó excluida de la lista de acreedores, lo que generaba que mantuviera la decisión de la resolución No. AL 01544 del 2 de mayo del 2016, que ordenó el rechazo de la reclamación. Bajos estos supuestos, el medio de control caducaba el 21 de agosto del 2018 . Así y de los documentos aportados al expediente está la constancia de la conciliación extrajudicial ante la Procuraduría 85 judicial I para asuntos administrativos, (…) en el que certifica que mediante apoderado judicial el demandante presentó la solicitud el 21 de diciembre del 2018, fecha para la cual ya había operado el fenómeno de la caducidad. Reiterando la Sala que el momento que marca el inicio del conteo del término de los dos (2) años, en el asunto sub litem, es desde el momento en que fenece el último plazo que otorgó Caprecom para la remisión del proceso ejecutivo, al no cumplirse con ello fueron eliminados como posibles acreedores dentro del proceso de supresión y liquidación de Caprecom. (…)
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