AUTO nº 27001-33-33-001-2018-00281-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B) del 30-09-2021
Sentido del fallo | ACCEDE |
Fecha de la decisión | 30 Septiembre 2021 |
Número de expediente | 27001-33-33-001-2018-00281-01 |
Tipo de documento | Auto |
Emisor | SECCIÓN SEGUNDA |
IMPEDIMENTO POR INTERÉS DIRECTO MANIFESTADO POR MAGISTRADOS DE TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CHOCO / PRIMA ESPECIAL DE SERVICIOS
[D]entro de la referida actuación, se presenta como materia de debate el reconocimiento y pago de una prima especial de servicios contemplada en la Ley 4º de 1992, de la cual han sido beneficiarios durante su vida laboral; en consecuencia, toda decisión podría afectar el principio de imparcialidad bajo el cual se rige la correcta administración de justicia. Así las cosas, observa la Sala que la causal y los argumentos manifestados en el impedimento formulado por los Magistrados del Tribunal Administrativo del Chocó, son razonables, pues en efecto les asiste un interés indirecto en el resultado del proceso. En ese orden de ideas, la Sala concluye aceptar el impedimento expresado por los Magistrados integrantes del Tribunal Administrativo del Chocó, en virtud de lo previamente expuesto y citado en la parte motiva de este apartado. Como corolario, se ordena que, de la lista de Conjueces del colegiado, se lleve a cabo el sorteo para tramitar y decidir el presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5º del artículo 131 de la Ley 1437 de 2011.
FUENTE FORMAL: LEY 1564 DE 2012 - ARTÍCULO 141 – NUMERAL 1 / LEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 130 / LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 131 - NUMERAL 5
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
SUBSECCIÓN B
Consejero ponente: SANDRA LISSET IBARRA VÉLEZ
Bogotá, D. C., treinta (30) de septiembre de dos mil veintiuno (2021).
Radicación número: 27001-33-33-001-2018-00281-01(3045-21)
Actor: GONZALO BECHARA OSPINA
Demandado: RAMA JUDICIAL, CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Medio de control: Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Tema: Prima Especial de Servicios
Actuación: Aceptación de impedimento.
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Conoce la Sala el expediente de la referencia, para dirimir la manifestación de impedimento formulada por los Magistrados integrantes del Tribunal Administrativo del Chocó, con fundamento en las razones que a continuación se describen:
El señor G.B.O., pretende que se declare la nulidad del acto administrativo contenido en la Resolución No. DESAJMR17-68471 del 29 de agosto de 2017, expedida por la Dirección Ejecutiva Seccional de Medellín, del Consejo...
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