AUTO nº 41001-23-31-000-1997-09803-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 05-10-2020
Sentido del fallo | NO APLICA |
Fecha de la decisión | 05 Octubre 2020 |
Número de expediente | 41001-23-31-000-1997-09803-01 |
Tipo de documento | Auto |
Emisor | SECCIÓN TERCERA |
ACCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES / SENTENCIA COMPLEMENTARIA / IMPROCEDENCIA DEL INTERÉS MORATORIO - No estaba causado al momento de proferir la sentencia
La S. complementará la sentencia del 3 de abril de 2020 y negará el reconocimiento de intereses moratorios solicitado en la pretensión cuarta (principal y subsidiaria) de la demanda. (…) La S. negará los intereses moratorios porque no estaban causados al momento de proferir la sentencia del 3 de abril de 2020. La obligación del Invías de pagar perjuicios sólo fue declarada hasta la sentencia de segunda instancia, razón por la cual la entidad no había incurrido en mora. En todo caso, la S. reitera que en la sentencia del 3 de abril de 2020 ya se hizo un pronunciamiento completo sobre las obligaciones dinerarias a cargo del Invías. Lo anterior no es óbice para que la condena impuesta cause intereses moratorios según lo dispuesto en el artículo 177 del CCA.
FUENTE FORMAL: CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - ARTÍCULO 177
ADICIÓN A LA SENTENCIA - No procede su traslado a la demandada
[L]a S. negará la solicitud de traslado del escrito de adición al Invías porque el CPC no lo contempla.
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN B
Consejero ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ
Bogotá, D.C., cinco (5) de octubre de dos mil veinte (2020)
Radicación número: 41001-23-31-000-1997-09803-01(47678)A
Actor: ALVARADO Y DURING LTDA
Demandado: INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS - INVÍAS
Referencia: SENTENCIA COMPLEMENTARIA - ACCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES
Tema: Se complementa la providencia judicial para negar la pretensión cuarta de la demanda en cuanto al reconocimiento de intereses moratorios
SENTENCIA COMPLEMENTARIA
La S. resuelve la solicitud de adición de la sentencia del 3 de abril de 2020, proferida por esta subsección, mediante la cual se revocó la sentencia dictada en primera instancia por el Tribunal Administrativo del H. y, en su lugar, se declaró la responsabilidad contractual del Invías por el incumplimiento del contrato No. 1112 de 1994.
A.- La solicitud de adición presentada por A. & During Ltda.
1.- Mediante escrito presentado por correo electrónico el 3 de junio de 2020, A.&.D.L.. solicitó la adición de la sentencia proferida por esta subsección el 3 de abril de 2020 por medio de la cual se resolvió lo siguiente:
PRIMERO: REVÓCASE la sentencia proferida por el Tribunal...
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