Auto N° 4343 de la Gaceta Ambiental ANLA, 16-06-2023
Fecha de publicación | 20 Junio 2023 |
Fecha | 16 Junio 2023 |
Número de auto administrativo | 4343 |
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
AUTO N° 4343
(16 JUN. 2023)
Página 1 de 7
“POR EL CUAL SE INICIA EL TRÁMITE ADMINISTRATIVO PARA LA EMISIÓN
DEL DICTAMEN TÉCNICO AMBIENTAL PARA EL PRODUCTO FORMULADO
DOUBLE HIT 68 WP, CON BASE EN LOS INGREDIENTES ACTIVOS GRADO
TÉCNICO METALAXYL-M Y MANCOZEB Y SE ADOPTAN OTRAS
DETERMINACIONES”
EL COORDINADOR DEL GRUPO DE EVALUACIÓN DE AGROQUÍMICOS Y
PROYECTOS ESPECIALES DE LA SUBDIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE
LICENCIAS AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES – ANLA
En uso de las facultades legales establecidas mediante la Ley 99 del 22 de
diciembre de 1993, el Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado
por el Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, que modificó la estructura de la
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales y acorde con lo regulado en el
Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, la Resolución 1442 del 14 de agosto de
2008, expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y las Resoluciones 254 del 02 de
febrero de 2021, 1957 del 5 de noviembre de 2021 y 297
del 1 de febrero de 2022 y,
CONSIDERANDO QUE:
El Instituto Colombiano Agropecuario – ICA, mediante oficio con radicado ANLA
20236200207352 del 8 de junio de 2023, dio traslado a la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales - ANLA, de la solicitud presentada por el representante legal
de la sociedad NGC AGROSCIENCES COLOMBIA S.A.S., identificada con NIT.
901.435922-1, tendiente a la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el
producto formulado DOUBLE HIT 68 WP, con base en los ingredientes activos
grado técnico METALAXYL-M y MANCOZEB, para lo cual, se abrió el expediente
LAM9173-00.
Una vez revisada la información allegada por la sociedad NGC AGROSCIENCES
COLOMBIA S.A.S., atendiendo lo preceptuado en el numeral primero del artículo
tercero de la Resolución 1442 del 14 de agosto de 2008, se tiene que esta remitió
la siguiente documentación:
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba