AUTO nº 47001-23-31-000-2004-01935-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 14-04-2021
Sentido del fallo | NO APLICA |
Número de expediente | 47001-23-31-000-2004-01935-01 |
Fecha de la decisión | 14 Abril 2021 |
Tipo de documento | Auto |
Emisor | SECCIÓN TERCERA |
Se accederá a la solicitud de copias respecto de los poderdantes y el solicitante, quien deberá acreditar previamente el pago ante la secretaría de la Sección. Para este efecto deberá solicitar cita por la ventanilla virtual. La presente providencia será notificada mediante estado electrónico, en atención a lo dispuesto por el artículo 9 del Decreto 806 de 2020.
FUENTE FORMAL: DECRETO 806 DE 2020 – ARTÍCULO 9
ALCANCE DEL PODER DEL ABOGADO / ACCESO AL CORREO ELECTRÓNICO / INCUMPLIMIENTO DE LA NORMA PROCESAL / RECONOCIMIENTO DE PERSONERÍA / FALTA DE RECONOCIMIENTO DE PERSONERÍA / TRÁMITE INTERNO DE LA PETICIÓN / OMISIÓN DE SOLICITUD DE COPIAS
En el poder conferido la abogada no indica su dirección de correo electrónico, como lo ordena el artículo 5 del decreto 806 de 2020, razón por la cual el despacho se abstendrá de reconocer personería y de dar trámite a la solicitud de copias.
FUENTE FORMAL: DECRETO 806 DE 2020 – ARTÍCULO 5
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN B
Consejero ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ
Bogotá D.C., catorce (14) de abril de dos mil veintiuno (2021)
Radicación número: 47001-23-31-000-2004-01935-01(42567)
Actor: J.S.F.P. Y OTROS
Demandado: NACIÓN-FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y OTRO
Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA
Tema: Solicitud de copias y personería.
AUTO
Mediante escrito del 14 de octubre de 2020[1], A.K.M.A. aporta poder conferido por M.d.P.A.M., solicita que se le reconozca personería y que se expida copia auténtica de la sentencia de segunda instancia y de su constancia ejecutoria.
En el poder conferido la abogada no indica su dirección de correo electrónico, como lo...
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