Auto N° 4794 de la Gaceta Ambiental ANLA, 27-06-2023 - Normativa - VLEX 937502174

Auto N° 4794 de la Gaceta Ambiental ANLA, 27-06-2023

Número de auto administrativo4794
Fecha27 Junio 2023
Fecha de publicación12 Julio 2023
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA
AUTO N° 4794
(27 JUN. 2023)
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Por el cual se avoca conocimiento de una actuación administrativa remitida por la Corporación
Autónoma Regional del Centro de Antioquía (CORANTIOQUIA)
LA ASESORA CÓDIGO 1020 GRADO 13 DE LA SUBDIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO DE LICENCIAS
AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA)
En ejercicio de las facultades otorgadas por la Ley 99 de 1993, los artículos 3 numeral 2 y 13
numeral 9 del Decreto 3573 de 27 de septiembre de 2011, el artículo 2.2.2.3.9.1 del Decreto 1076 de
2015, Resolución 1288 del 4 de julio del 2019, Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, y la
Resolución 2795 del 25 de noviembre del 2022,
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución 130ZF-3602 del 31 de julio de 2009, la Corporación Autónoma Regional del
Centro de Antioquia (CORANTIOQUIA), otorgó Licencia Ambiental al señor HECTOR JAVIER OCHOA
RESTREPO, para la explotación minera otras rocas o piedra caliza y metales preciosos y sus
concentrados, dentro del Contrato de Concesión No. 1477, ubicada en el municipio de Maceó, en el
departamento de Antioquia.
Que a través de la Resolución 175655 del 29 de julio de 2009, la Gobernación de Antioquia aprobó la
cesión de derechos del Contrato de Concesión minera No. 1477, presentada por el señor HECTOR
JAVIER OCHOA RESTREPO a favor de C.I. CALIZAS Y MINERALES DEL NORDESTE S.A., hoy C.I.
CALIZAS Y MINERALES S.A.
Que con la Resolución 130ZF-3746 de 2009, CORANTIOQUIA aprobó la cesión de la licencia
ambiental otorgada mediante Resolución 130ZF-3602 del 31 de julio de 2009, solicitada por el señor
HECTOR JAVIER OCHOA RESTREPO a favor de C.I. CALIZAS Y MINERALES DEL NORDESTE
S.A. hoy C.I. CALIZAS Y MINERALES S.A.
Que mediante la Resolución 130ZF-1408-6638 del 1 de agosto de 2014, CORANTIOQUIA autorizó la
cesión de la licencia ambiental otorgada mediante la Resolución No. 130ZF-3602 del 31 de julio de
2009, modificada por la Resolución No. 130ZF-1202-4995 del 9 de febrero de 2012, solicitada por C.I.
CALIZAS Y MINERALES DEL NORDESTE S.A. hoy C.I. CALIZAS Y MINERALES S.A. a favor de la
empresa CENTRAL DE MEZCLAS S.A. subordinada de la empresa CEMEX COLOMBIA S.A.
Auto. No. 4794 Del 27 JUN. 2023 Hoja No. 2 de 17
Por el cual se avoca conocimiento de una actuación administrativa remitida por la Corporación
Autónoma Regional del Centro de Antioquía (CORANTIOQUIA)”
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Que a través de la Resolución 160ZF-1805-2785 del 24 de mayo de 2018, CORANTIOQUIA, revocó
la Resolución 130ZF-1408-6638 del 1 de agosto de 2014 por medio de la cual había autorizado la
cesión de la licencia ambiental otorgada mediante la Resolución 130ZF-3602 del 31 de julio de 2009,
modificada por la Resolución 130ZF-1202-4995 del 9 de febrero de 2012, a favor de la empresa
CENTRAL DE MEZCLAS S.A. subordinada de la empresa CEMEX COLOMBIA S.A. quedando como
titular de la referida Licencia Ambiental la sociedad CI CALIZAS Y MINERALES S.A.
Que con Resolución 160ZF-RES2302-440 del 9 de febrero del 2023, CORANTIOQUIA dispuso remitir
a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) el expediente con número de radicado ZF3-
2004-3 por cambios en los volúmenes de explotación.
Que a través del oficio 160ZF-COI2302-3188 del 17 de febrero de 2023, con radicado en ANLA No.
2023031099-1-000 del 17 de febrero de 2023, CORANTIOQUIA remitió a esta Autoridad Nacional, el
expediente ZF3-2004-3 contentivo de la Licencia Ambiental Global del proyecto minero Monterrey,
localizado en la finca Monterrey, vereda La Susana del Municipio de Maceo, Antioquia, a nombre de
la sociedad C.I. CALIZAS Y MINERALES S.A. con la finalidad de que esta Autoridad avocara
conocimiento y continuara con el trámite de la solicitud de modificación de la licencia ambiental,
comprendido por doce (12) cajas, distribuidas así: tres (3) contentivas de 13 carpetas y nueve (9) con
33 folder de anexos.
Que en contestación al radicado anterior, la Subdirección de Evaluación de Licencias Ambientales de
la ANLA, mediante oficio con radicado 2023031099-2-001 del 13 de marzo de 2023, devolvió el
expediente ZF3-2004-3 a CORANTIOQUIA, toda vez que este no contenía el radicado 160ZF-
COE2110-38755 de 22 de octubre de 2021 relacionado con la solicitud de modificación de la licencia
ambiental, ni la Resolución 160ZF-RES2302-440 de 9 de febrero de 2023, el cual comprendía lo
siguiente: Doce (12) cajas, trece (13) carpetas del expediente ZF3-2004-3 y treinta y tres (33) fólderes
y/o carpetas de anexos
Que mediante oficio 160ZF-COI2338-7767 del 31 de marzo de 2023, con radicado en ANLA
20236200003442 del 19 de abril de 2023, CORANTIOQUIA remitió nuevamente a esta Autoridad
Nacional, el expediente ZF3-2004-3, contentivo de la Licencia Ambiental Global del proyecto minero
Monterrey, localizado en la finca Monterrey, vereda La Susana del Municipio de Maceo, Antioquia, a
nombre de la sociedad C.I. CALIZAS Y MINERALES S.A. precisando respecto a la información del
expediente y anexó, lo siguiente:
1. Se remiten 3 cajas del expediente, con 16 tomos (Respecto al envío anterior se completó el
tomo 13 y integran el 14,15 y 16). Total de folios: 3.501
2. Se remiten 9 cajas de anexos. La 1,2,3,4,6,7,8,9 10 (Respecto al envío anterior se integra la
caja 10 con 4 folders). Total anexos: 28 folders y 6 carpetas.
3. Se aclara que, posterior a la presente remisión, se hará llegar la caja 5 anexos perteneciente
al expediente. Lo anterior, debido a que la empresa oficial de Correos de Colombia, a la fecha
tiene pendiente realizar la entrega de dicha caja a la Territorial Zenufaná.

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