Auto Nº 500016000 000 2017 00128 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 26-06-2020 - Jurisprudencia - VLEX 899470050

Auto Nº 500016000 000 2017 00128 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 26-06-2020

Sentido del falloACEPTA DESISTIMIENTO
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Villavicencio de Colombia)
Número de expediente500016000 000 2017 00128 01
Número de registro81514262
Fecha26 Junio 2020
Normativa aplicada1. ARTICULO 179F CPP
MateriaCAUSALES Y OPORTUNIDAD - DESISTIMIENTO DEBE OPERAR DENTRO DE LA OPORTUNIDAD PREVISTA EN EL ART.179f DEL CPP / TESIS: "...Artículo 179 F. Desistimiento de los recursos. Podrá desistirse de los recursos antes de que el funcionario judicial los decida". 3.2. De manera qué como es potestativo de las partes interponer los recursos que establece la ley para controvertir las decisiones, al igual que desistir de los mismos, esta Sala de Decisión admitirá el desistimiento del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida el trece (13) de octubre del dos mil diecisiete (2017), por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Villavicencio, presentado por la defensa de Jonathan Andrés Ortega Aya, conforme lo dispuesto en el artículo 179 - F de la Ley 906 de 2004. 3.3. Como el recurso de apelación también fue interpuesto por la defensa de los compañeros de causa de Jonathan Andrés ortega Aya; señores Cesar Augusto López Casas, Claudia Patricia Mazo Oquendo, Idual Fabián Cabal Llanos y José Segundo Álvarez Sepúlveda, el proceso continúa al despacho para resolver lo pertinente. ...",Derecho Penal

TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO

JUDICIAL DE VILLAVICENCIO

SALA PENAL

Magistrado PonenteJoel Darío Trejos Londoño

Radicado.50001 60 oo 000 2017 00128 01

Procedencia:Juzgado 1 0 Penal del Cto Especializado de

Villavicencio

Acusado:J.A.O.A. y otros

Delito:Concierto para delinquir agravado y otros

Decisión: Acepta desistimiento Aprobado: Acta 088.

Fecha:26 de junio de 2020.

1- ASUNTO

Se pronuncia la Sala sobre el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por el defensor de J.A.O.A. contra la sentencia condenatoria con allanamiento a cargos proferida el trece (13) de octubre del dos mil diecisiete (2017), por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Villavicencio, por la conducta concierto para delinquir agravado y tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.

2-ANTECEDENTES

2.1 .Mediante sentencia del trece (13) de octubre del dos mil diecisiete (2017), el Juzgado Primero Penal del Circuito

Especializado de Villavicencio, condenó a Claudia Patricia Mazo

Oquendo, J.A.O.A., C.A.L.C., e (dual F.C.L., a título de autores por el punible de concierto para delinquir agravado en concurso heterogéneo con el punible de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes en calidad de coautores, a la pena principal de cincuenta y seis (56) meses de prisión y al pago de multa por la suma de mil trescientos cincuenta punto veinticinco (1.350,25) salarios mínimos legales mensuales vigentes; condenó a J.S.Á.S., alias "niño grande" a título de autor por el punible de concierto para delinquir agravado en concurso heterogéneo con el punible de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado en calidad de coautor, imponiéndole la pena principal de sesenta y seis (66) meses de prisión, y al pago de multa por la suma de mil trescientos cincuenta y dos' (1.352) salarios mínimos legales mensuales vigentes; negó a los sentenciados, la concesión del subrogado penal de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la sustitución de la pena de prisión por prisión domiciliaria.

2.2. Contra dicha sentencia el procesado C.A..L.C., y la defensa de C.P.M.O., Jonathan

Andrés Ortega A., C.A.L.C., I.F.C.L. y J.S.Á.S., interpusieron el recurso de apelación, sustentados en escritos recibidos con fechas veinte (20) y veintitrés (23) de octubre del dos mil diecisiete (2017) respectivamente1

2.3. Mediante auto de fecha treinta y uno (31) de octubre del dos mil diecisiete (2017), proferido por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Villavicencio, concedió el recurso de apelación en efecto suspensiv02 .

I Folios 67 al 80 Cuaderno de primera Instancia

%1 Folios 83 Cuaderno de primera instancia

%1.%2. Mediante oficio No. 359 del 1 1 de febrero de 2020, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Villavicencio, solicita el proceso en calidad de préstamo para resolver redención de pena y libertad condicional del procesado J.A.O...A., a donde fue enviado el 17 de febrero con oficio No. 0587.

%1.%2. Mediante auto del dos (2) de marzo del 2020, el Despacho dispuso informarle al defensor de J.A.O.A. frente al desistimiento del recurso de apelación interpuest0 , que se resolvería lo pertinente una vez regresaran las diligencias del Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Villavicencio, donde se envió el proceso en calidad de préstamo, para resolver solicitud de redención de pena y libertad provisional del mismo procesado.

%1.%2. Con fecha trece (13) de marzo del 2020, se recibe la actuación proveniente del Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Villavicencio.

3-CONSIDERACIONES

3.1. "Artículo 179 F. Desistimiento de los recursos. Podrá desistirse de los recursos antes de que el funcionario judicial los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR