Auto Nº 500016000564 2017 05435 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 01-07-2020 - Jurisprudencia - VLEX 901393166

Auto Nº 500016000564 2017 05435 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 01-07-2020

Sentido del falloProcesado: Jhon Fredy Borja Barrera
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Villavicencio de Colombia)
Número de registro81520786
Número de expediente500016000564 2017 05435 01
Fecha01 Julio 2020
Normativa aplicada1. INCISO 2 DEL ART.335 CPP
MateriaTESIS: "... El impedimento (punto de vista del juez) o la recusación (desde la óptica de las partes) en relación con la decisión que niega una postulación de 15 Artículo 56. Causales de impedimento. Son causales de impedimento: (…) 14. Que el juez haya conocido de la solicitud de preclusión formulada por la Fiscalía General de la Nación y la haya negado, caso en el cual quedará impedido para conocer el juicio en su fondo. (..) . En el asunto objeto de análisis la petición de preclusión invocada en su momento por la Fiscalía no requirió valoración de elemento material probatorio alguno, pues la solicitud no se fundamentó en ninguna de las causales objetivas previstas en la etapa de juicio, razón por la cual, devino improcedente y, en todo caso, si el juez hubiese hecho referencia a alguno de los elementos materiales probatorios enunciados en el escrito de acusación, ello tampoco cercenaba de manera automática su imparcialidad. En este orden, esta Sala considera que no es viable aceptar la recusación planteada por el defensor del procesado y, en consecuencia, se dispondrá la devolución de la actuación al juez de conocimiento para los fines pertinentes.
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