Auto Nº 503136000559 2014 00304 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 16-07-2018 - Jurisprudencia - VLEX 850356616

Auto Nº 503136000559 2014 00304 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 16-07-2018

Sentido del falloCONFIRMA AUTO
Número de expediente503136000559 2014 00304 01
Fecha16 Julio 2018
Número de registro81459323
Normativa aplicadaCódigo Penal art. 68 A \ Ley nu. 1709 de 2014 art. 32
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Villavicencio de Colombia)
a

,

TRIBU;NALSUPERIOR DE DISTRITO' JUDICIAL DE VILLAVICENCIO

SALAPENAL

Magistrado ponente FROILÁN SANABRIA NARANJO

Interlocutorio Radicado Procedencia

Segunda Instancia 50313-60-00-559-2014-00304-01 Juzgado 4° Ejecución de Penas de Acacias Trafico, fabricación o porte de estupefacientes Edilfonso Torres Ramos. Negóperm~o,,¡:!e72,horas ActaW' U a 8 _ 16 JUl2018" -

Delito:

Acusado: Apelación: Aprobado: Fecha:

ASUNTO

Se resuelve el recurso de apelación interpuesto por el· condenado

EDILFONSO TORRES RAMOS contra el auto proferido el 27 de noviembre de

2017, por el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de

Seguridad de Acacías (Meta), mediante el cual le negó el permiso para salir. . del establecimiento carcelario en el que se encuentra recluido por un lapso

de hasta setenta y dos (72) horas.

ANTECEDENTES

1. Mediante sentencia del 4 de diciembre de 20141, el señor EDILFONSO

TORRES RAMOS fue condenado por el' Juzgado Penal del Circuito de

Granada (Meta), a la pena de cuarenta' (40) meses de prisión y multa de

veinte punto sesenta y seis (20.66) SMLMV~ por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, según hechos ocurridos el 22 de

abril de 2014, radicado (2014-00304).

Así mismo, a través de sentencia del 28 de enero de 20152, el señor

TORRES RAMOS nuevamente fue condenado por el Juzgado Penal del

r Folios 97 y ss .. cuaderno Juzgado Penal del Circuito de Granada _ Meta.. ~ Folio 77 y ss__cuaderno Juzgado Penal del Circuito de San José del Guaviarc - Guaviarc."

Radicado: 50313-60-00-559-2014-00304-01 Procesado: Edilfonso Torres Ramos

Apelación auto que negó permiso de hasta 72 horas

Circuito de San José del Guaviare (Guaviare), a la pena de ochenta y ocho

(88) meses de prisión y multa de ochocientos ochenta y nueve punto

cuatro (889.4) .SMLMV, por el delito de fabricación o porte de

estupefacientes, según hechos ocurridos el 20 de diciembre de 2013

radicado (2013-80051).

El Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de

Acacías (Meta), por medio de auto interlocutorio N' 1076 del 28 de abril de

20153, decretó la acumulación jurídica de penas de los procesos 2014-

00304 Y 2013-80051, fijándole pena principal de ciento ocho (108) meses

de prisión y multa de novecientos diez punto cero seis (910.06) SMLMV.

Por estas causas, el condenado se encontró privado de su libertad del 19 al

20 de diciembre del 2013 por el proceso radicado (2013-80051) y desde el

22 de abril de 2014 hasta la...

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