Auto Nº 6066 de Tribunal para la Paz - Sección con Ausencia de Reconocimiento de Verdad y de Responsabilidad, 11-08-2020 - Jurisprudencia - VLEX 847371180

Auto Nº 6066 de Tribunal para la Paz - Sección con Ausencia de Reconocimiento de Verdad y de Responsabilidad, 11-08-2020

Fecha11 Agosto 2020
EmisorSección con ausencia de reconocimiento de verdad y de responsabilidad de los hechos y conductas (Tribunal para la paz de Colombia)

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

TRIBUNAL PARA LA PAZ

SECCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA PARA CASOS DE AUSENCIA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD Y RESPONSABILIDAD

M.C. 002 de 2018

AUTO AI 010 de 2020

Bogotá D.C.,11 de Agosto de 2020

Expediente

Radicado

Solicitante

2020340900100001E

202002003372.

Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado – MOVICE.

Asunto

Ordena la protección, búsqueda y práctica de prospección en dos polígonos del sector denominado “La Escombrera” y “La Arenera” de la Comuna 13 de Medellín y se dictan otras órdenes.

Magistrado Sustanciador

Gustavo A. Salazar Arbeláez.

  1. ASUNTO

Mediante la presente decisión la Sección de Primera Instancia para casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (en adelante “SAR”) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), se dispone a ordenar la búsqueda y práctica de prospección sobre dos polígonos determinados en proximidad de La Laguna, sector la Escombrera y La Arenera, Comuna 13, en la ciudad de Medellín.

  1. ANTECEDENTES

  1. El Auto 001 de 14 de septiembre de 2018, la SAR avocó conocimiento de la solicitud de medidas cautelares promovidas por el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE), con la que se pretende el cuidado, protección y preservación de dieciséis (16) lugares del territorio nacional ubicados en los departamentos de Antioquia, Caldas, Cesar, Santander y Sucre, en donde podrían encontrarse cuerpos de posibles víctimas de desaparición forzada[1]. Asimismo, por medio del Auto AT-048 del 25 de septiembre de 2019 se incluyó como otro lugar de cuidado, protección y preservación al municipio de Dabeiba, de manera que el presente trámite corresponde a diecisiete (17) lugares del territorio nacional.

  1. En el Auto AT-009 de 10 de mayo de 2019, en aplicación del enfoque territorial y del principio de reconocimiento de las víctimas como sujetos de derecho, la SAR decidió dividir el estudio, análisis y trámite procesal de la solicitud de protección, conservación y preservación de lugares objeto de la petición de medidas cautelares en cinco (5) grupos, atendiendo a las particularidades de cada uno de ellos.

  1. En el Auto AT-012 de 7 de junio de 2019, la SAR ordenó la realización de una Audiencia Pública en la ciudad de Medellín los días 17 y 18 de julio del 2019 con el propósito de generar un espacio técnico y dialógico de discusión que permitiera avanzar en la determinación de la procedencia de las medidas cautelares solicitadas por el MOVICE. A la mencionada diligencia se convocó a las siguientes organizaciones e instituciones: (i) Ministerio del Interior (Dirección de Derechos Humanos); (ii) Fiscalía General de la Nación (GRUBE); iii) Personería de Medellín; (iv) Gobernación de Antioquia; (v) Defensoría del Pueblo; (v) Alcaldía de Medellín; (vi) Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas (CBPD); (vii) organización EQUITAS; (viii) MOVICE; (ix) Organización Mujeres Caminando por la Verdad; y (x) Grupo Interdisciplinario de Derechos Humanos.

Asimismo, de conformidad con lo señalado en el numeral 24 del mismo Auto, mediante los Oficios TPSARV 256 y 257 de 3 julio de 2019 la Secretaría Judicial de la SARV remitió a la Dirección del Grupo Interno de Trabajo de Búsqueda, Identificación y Entrega de Personas Desaparecidas (GRUBE) de la Fiscalía General de la Nación y a la Alcaldía de Medellín sendos cuestionarios, de trece (13) y veintidós (22) preguntas, respectivamente.

  1. Por ser de especial interés para el objeto de esta decisión, de las intervenciones realizadas en la audiencia pública llevada cabo los días 17 y 18 de julio de 2019 en la ciudad de Medellín, se destaca:

  1. Señaló la Fiscal 114 Especializada de Apoyo al Despacho 4° de Justicia Transicional que desde noviembre de 2002 se vienen practicando exhumaciones, con lo que se ratifica que en Medellín y sus inmediaciones, particularmente la Comuna 13, el corregimiento de San Cristóbal y sus áreas urbanas y rurales, fueron utilizadas para la inhumación de víctimas de grupos ilegales, entre ellos el Bloque Cacique Nutibara de las A.U.C, y el grupo miliciano Comandos Armados del Pueblo CAP. Respecto a la primera desaparición forzada, así como al lugar donde se ubicaron estos grupos paramilitares, señaló:

“... la primera situación de desaparición forzada que detectamos atribuible presuntamente a las autodefensas ocurrió en el mes de octubre del año 2001, cuando inclusive se llevan a dos integrantes de una misma familia en La Loma y matan a cuatro (4). Inclusive, a partir de esa fecha se instalan en una finca, una finca en la parte alta de la vereda San José; donde en el año 2003, como lo han manifestado acá, se encontraron 11 fosas, en estas se encontraron 10 cadáveres, de los cuales 5 fueron identificados, esto en el mes de agosto de 2003.”[2] (Subrayado añadido)

Acerca de miembros de grupos ilegales que podrían tener información de lo sucedido con los desaparecidos y demás víctimas de grupos armados ilegales en la comuna 13, indicó la misma fiscal:

Esta delegada se dio a la tarea no solamente de retomar las entrevistas que habían entregado algunos ciudadanos que militaron en el Bloque Cacique Nutibara y que militaron con el Bloque Héroes de Granada; pero señores magistrados, estos no se desmovilizaron o fueron excluidos. Tenemos información, que inclusive por lo menos uno de ellos hizo petición ante la JEP, y a través de él conocimos que en este momento hay muchos ciudadanos que militaron en ese bloque, que están detenidos en cárceles de país, dispuestos como autores materiales de esas desapariciones forzadas a hacer peticiones ante la JEP para comenzar a señalar esos lugares de inhumación, porque ha sido una de las principales dificultades que ha tenido esta delegada.”[3]

Y, respecto a las fuentes de información que ha tenido en cuenta la Fiscalía, para su trabajo dirigido al esclarecimiento de hechos y a la búsqueda de las personas desaparecidas en la Comuna 13, señaló:

“Para esta delegada, a modo de conclusión y ratificando que solo tenemos la información de los desaparecidos de comuna 13 en el marco de vigencia o de geo-referenciación y temporalidad del Bloque Cacique Nutibara, esto es entre el año 2001 que llegan al corregimiento San Cristóbal aledaño a la Comuna 13 de Medellín y el año 2003 hacia noviembre, que es cuando ellos se desmovilizan tenemos identificado que efectivamente y presuntamente en el espectro territorial de la Comuna 13 existen lugares de inhumación que todavía no están identificados. No solamente lo dice Juan Carlos Villa Saldarriaga, (…)

Posteriormente agregó, que en ciertos procesos “(…) hemos encontrado declaraciones de ciudadanos que hicieron parte de las autodefensas y luego fueron asesinados como el caso de Carlos Arturo Estrada alias ´El zarco´ que están indicando que efectivamente en la Comuna 13 existen todavía territorios en donde posiblemente están las víctimas que ustedes están buscando.”[4]

  1. El funcionario de la Fiscalía, Albeiro Marín, presentó con base en información topográfica aportada por la empresa “El Cóndor S.A.”, “La Escombrera San Javier”, catastro departamental y la alcaldía de Medellín, la modificación que ha sufrido el terreno conocido como la Arenera, desde el año 2001 hasta el año 2019[5], en el cual se encuentran situados los polígonos denominados por la Fiscalía, 1, 2 y 3. De los cuales, el único que ha sido intervenido ha sido el polígono 1. Asimismo, indicó que por las condiciones actuales del terreno, la propuesta que tiene la Fiscalía es llevar a cabo la intervención en un nuevo polígono, que se conforma de una parte del polígono 2 extendido hacia el occidente, pues esos suelos, no han sido removidos por maquinaria pesada, ni se les han arrojado escombros, por lo que son aptos para una intervención y corresponden con los puntos mencionados por el paramilitar Juan Carlos Villa Saldarriaga en entrevista realizada en el año 2018:

“Luego, a finales de octubre e inicios de noviembre de 2018 en los despachos de la Unidad de Justicia Transicional de la ciudad Medellín, en presencia del investigador Julián Arei y la antropóloga Adriana Hernández, se recibió entrevista al señor Juan Carlos Villa Saldarriaga alias “Móvil ocho”, en esa ocasión el señor Villa Saldarriaga señaló...

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