AUTO N° 6748 de la Gaceta Ambiental ANLA, 16-07-2020 - Normativa - VLEX 873836258

AUTO N° 6748 de la Gaceta Ambiental ANLA, 16-07-2020

Número de expedienteBTI0129-00-2018
Número de resolución6748
Fecha de publicación23 Julio 2020
Fecha16 Julio 2020
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
AUTO N° 06748
( 16 de julio de 2020 )
Por el cual se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”
EL COORDINADOR DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,
PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE
LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
En uso de sus facultades legales conferidas en las Leyes 99 de 1993, 1564 de 2012, el
Decreto 624 de 1989, el Decreto Ley 3573 de 2011 modificado por el Decreto 376 de
2020, el Decreto 1076 de 2015 y las Resoluciones 2000 de 2017, 02002 de 2018 y 00415
de 2020 y
CONSIDERANDO:
Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, mediante Resolución No.
02063 del 19 de noviembre de 2018, acreditó según lo dispuesto en el artículo 424
numeral 7 del Estatuto Tributario y la Resolución 2000 de 2017, el equipo que tiene como
función realizar los análisis de la calidad de los recursos naturales renovables,
específicamente en la determinación de metales tales como: Hierro, manganeso, sodio,
potasio, cobre, zinc, cadmio, cromo, níquel y plomo, en cumplimiento de las obligaciones
que han sido asignadas en la Ley 99 de 1993, en atención a la solicitud presentada por la
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL VALLE DEL CAUCA - CVC, identificada
con NIT 890.399.002-7.
Que el término de vigencia de la citada certificación era de un (1) año, contado a partir de
la ejecutoria del acto administrativo, lo cual aconteció el día 18 de diciembre de 2018.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Que en el artículo 3° del Decreto Ley 3573 del 2011, se establece dentro de las funciones
de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA, la de otorgar o negar las
licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible de conformidad con la ley y los reglamentos.
Que el numeral 1 del artículo 11 del Decreto 376 de 2020 que modificó el Decreto Ley
3573 del 27 de septiembre de 2011, estableció dentro de las funciones de la Subdirección
de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales la de evaluar las solicitudes de
permisos y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos,
obras o actividades.
Que no existiendo mérito para continuar con el trámite administrativo, toda vez que el
procedimiento previsto fue agotado, esta Autoridad procederá a declarar el archivo
definitivo del Expediente BTI0129-00-2018.
Que el artículo 15° de la Resolución 00415 del 2020, creó el Grupo Interno de Trabajo de
Permisos y Trámites Ambientales en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y
Trámites Ambientales de Autoridad Nacional de licencias Ambientales – ANLA.

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