AUTO nº 70001-23-31-000-1998-00289-01 de Consejo de Estado (SECCION TERCERA) del 14-01-2019
Sentido del fallo | ACCEDE |
Normativa aplicada | CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO – ARTÍCULO 141.9 / CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – ARTÍCULO 160 |
Emisor | SECCIÓN TERCERA |
Número de expediente | 70001-23-31-000-1998-00289-01 |
Fecha | 14 Enero 2019 |
IMPEDIMENTO - Causal prevista en el numeral 9 del artículo del artículo 141 del Código General / CAUSAL DE IMPEDIMENTO - Existencia de una amistad íntima con una de las partes
El C.G.S.L. puso en conocimiento del Despacho su impedimento para conocer del presente proceso el diez (10) de julio de dos mil dieciocho (2018), por encontrarse incurso en la causal prevista en el numeral 9° del artículo 141 del Código General del Proceso, aplicable por remisión expresa del artículo 160 del Código Contencioso Administrativo, esto es, “9. Existir enemistad grave o amistad íntima entre el juez y alguna de las partes, su representante o apoderado”, y fundamentó dicha causal en consideración a “la amistad íntima que existe con el doctor M.F.G., quien solicitó se le tuviera como cesionario de los derechos litigiosos de la parte demandante”. En consecuencia, el despacho acepta el impedimento manifestado por el C.G.S.L..
FUENTE FORMAL: CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO – ARTÍCULO 141.9 / CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – ARTÍCULO 160
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN C
Consejero ponente: J.E.R.N. (E)
Bogotá D.C., catorce (14) de enero de dos mil diecinueve (2019)
Radicación número: 70001-23-31-000-1998-00289-01 (26900)
Actor: SOCIEDAD ELECTRO ATÁNTICO LTDA
Demandado: MUNICIPIO DE SINCELEJO
Referencia: INCIDENTE DE IMPEDIMENTO
El C.G.S.L. puso en conocimiento del Despacho su impedimento para conocer del presente proceso el diez (10) de julio de dos mil dieciocho (2018), por encontrarse incurso en la causal prevista en el numeral 9° del artículo 141 del Código General del Proceso, aplicable por remisión expresa del artículo 160 del Código Contencioso Administrativo, esto es, “9. Existir enemistad grave o amistad íntima entre el juez y alguna de las partes, su representante...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba