Auto Nº 70001333300920210012901 del Tribunal Administrativo de Sucre, 29-08-2023 - Jurisprudencia - VLEX 972731825

Auto Nº 70001333300920210012901 del Tribunal Administrativo de Sucre, 29-08-2023

Sentido del falloREVOCA
Número de registro81712261
Fecha29 Agosto 2023
Número de expediente70001333300920210012901
Normativa aplicada1. CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (LEY 1437 DE 2011) - ARTÍCULO 297 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO (LEY 1564 DE 2012) ARTÍCULO 422
MateriaTESIS: En el sub examine, se está frente a un proceso adelantado en contra del Hospital Universitario de Sincelejo E.S.E, que fue objeto de intervención forzosa administrativa, mediante Resolución Nº 005234 de 16 de mayo de 2019. Acorde con lo anterior, se observa que la demanda ejecutiva fue presentada el 20 de agosto de 2021, es decir, después de la intervención administrativa de la ejecutada, por tanto, el A quo debía abstenerse de iniciar proceso en contra del Hospital Universitario de Sincelejo E.S.E, debido a la existencia de un impedimento legal, como en efecto lo hizo. Ahora, si bien la decisión del juez estuvo ajustada a derecho en ese momento, advierte este Tribunal que, la medida de intervención en contra del Hospital Universitario de Sincelejo fue levantada mediante la Resolución No. 2022420000005038-6-03-08-2022 del 3 de agosto de 2022, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud, de allí que, este Tribunal considere que, el argumento principal del juzgado para abstenerse de librar mandamiento de pago desapareció, surgiendo la necesidad de realizar el análisis de fondo del mismo. En esas connotaciones, se revocará el auto apelado y se ordenará al juez primigenio que, se pronuncie de fondo sobre el mandamiento de pago y las medidas cautelares solicitado
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