Auto nº 7005715020 de Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia, 25-02-2015 - Normativa - VLEX 898653514

Auto nº 7005715020 de Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia, 25-02-2015

JurisdicciónColombia
Fecha de disposición25 Febrero 2015
Fecha de publicación06 Marzo 2015
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Expediente: 700.46.1.14-174
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5 FEB 2015
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Expediente No. 700.46.1.14-174
"Por medio del cual se impone una medida preventiva y se toman otras
determinaciones"
El Profesional Universitario con funciones de Director Territorial de la Corporación
Autónoma Regional de la Orinoquia CORPORINOQUIA Subsede Arauca, en uso de sus
facultades legales, conferidas mediante Resolución No.400.41.15-0192 del 12 de febrero
de 2015.
CONSIDERANDO.
Que en virtud de los artículos 8, 79 y 95 de la Constitución Política, es obligación del
Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación, el
medio ambiente y garantizar el derecho que tienen todos los ciudadanos a gozar de un
ambiente sano.
En desarrollo de la normatividad constitucional, fue expedida la Ley 99 de 1993 la cual en
su numeral 2 del Artículo 31 indica que
"las Corporaciones Autónomas Regionales ejercen
la función de máxima autoridad ambiental en el área de su Jurisdicción, de acuerdo con
las normas de carácter superior, y conforme a las directrices trazadas por el Ministerio de
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial'.
El mismo articulado contempla el tipo de medidas preventivas y las sanciones a imponer
al infractor de normas sobre protección ambiental, o sobre manejo y aprovechamiento de
recursos naturales renovables, precisando que la imposición de multas no exime al
infractor de la ejecución de las obras o medidas ordenadas por la autoridad ambiental
responsable del control, ni de la obligación de restaurar el medio ambiente.
Posteriormente fue promulgada la Ley 1333 de 2009, la cual preceptúa en el artículo 1
que la Titularidad de la potestad sancionatoria en materia ambiental la ejerce el Estado,
sin perjuicio de las competencias legales de otras autoridades, a través del Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, las Corporaciones Autónomas Regionales, las
de desarrollo sostenible. las unidades ambientales de los grandes centros urbanos, entre
Prindpa; Y
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Telefax:
031c:32 26.23
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