Auto Nº 76-111-60-00-000-2019-00100-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 27-01-2022 - Jurisprudencia - VLEX 904955891

Auto Nº 76-111-60-00-000-2019-00100-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 27-01-2022

Sentido del falloCONFIRMA AUTO
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81581491
Fecha27 Enero 2022
Número de expediente76-111-60-00-000-2019-00100-01
Normativa aplicada1. Ley 906 de 2004, artículos 348 y 351 2. Código Penal, artículo 31
MateriaPREACUERDOS - Obligan al juez de conocimiento, salvo que ellos desconozcan o quebranten las garantías fundamentales / CONCURSO DE CONDUCTAS PUNIBLES - El que con una sola acción u omisión o con varias acciones u omisiones infrinja varias disposiciones de la ley penal o varias veces la misma disposición, quedara´ sometido a la que establezca la pena más grave según su naturaleza, aumentada hasta en otro tanto / ACUMULACIÓN JURÍDICA DE PENAS - El legislador colombiano optó por este método, pero omitió lo concerniente a regular los factores para determinar, en el caso de concurso de conductas punibles, la cantidad de pena correspondiente “hasta en otro tanto” / CONCURSO DE CONDUCTAS PUNIBLES - En el trabajo de dosificación punitiva de cada delito individualmente considerado es donde se aplican los factores mencionados en el artículo 61 del Código Penal y no, por ser contrario a la prohibición de la doble incriminación, en la determinación de “hasta otro tanto” / PREACUERDOS - La eliminación de la circunstancia de agravación prevista en el inciso tercero del artículo 340 del Código Penal no fue acordada, fundamentada ni explicitada por las partes y de esa manera la pena del delito base de la dosificación del concurso de conductas punibles implicó doble beneficio punitivo a favor del procesado / PREACUERDOS - Con la degradación a cómplice acordada el acusado ganaba la disminución de una sexta parte a la mitad de la pena imponible y no se le podía conceder el beneficio punitivo de la eliminación de la circunstancia de agravación /
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