Auto Nº 76-111-60-00165-2014-01594 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 27-02-2023 - Jurisprudencia - VLEX 938373488

Auto Nº 76-111-60-00165-2014-01594 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 27-02-2023

Sentido del falloCONFIRMA AUTO
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81649983
Fecha27 Febrero 2023
MateriaPRUEBA DE REFERENCIA - Para que una declaración previa sea incorporada en tal calidad, la parte interesada debe descubrirla junto con los medios que pretenda utilizar en el juicio para acreditar su existencia y contenido, solicitar en la audiencia preparatoria su decreto como tal c y se disponga la práctica de los medios demostrativos sobre su existencia y contenido; demostrar alguna de las situaciones que de conformidad con el artículo 438 de la Ley 906 de 2004 facultan esa admisión excepcional e incorporar la referida declaración a través de los medios probatorios que para dicho objeto haya seleccionado la parte / PRUEBA DE REFERENCIA - El “evento similar” que permite su admisión excepcional se presenta cuando el declarante desaparece de manera voluntaria y es imposible su localización / PRUEBA DE REFERENCIA - El interrogatorio que hoy se pretende incorporar de ese modo no fue enunciado ni solicitado y la defensa, además, no aportó ninguna constancia o algún otro medio que diera cuenta de las actuaciones que desplegó para hacer comparecer a su testigo /
Número de expediente76-111-60-00165-2014-01594
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