Auto Nº 76-111-31-04-001-2021-00013-02 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 28-11-2022 - Jurisprudencia - VLEX 950420465

Auto Nº 76-111-31-04-001-2021-00013-02 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 28-11-2022

Sentido del falloAJUSTA SANCIÓN
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81641143
Fecha28 Noviembre 2022
Número de expediente76-111-31-04-001-2021-00013-02
MateriaINCIDENTE DE DESACATO - Los límites a las sanciones están dados por el contenido y el alcance del derecho fundamental al debido proceso / CARENCIINCIDENTE DE DESACATO - Una sentencia desprovista de mecanismos para hacerla cumplir no tiene repercusiones reales y, por tanto, cae en el rinco´n de lo reto´rico / INCIDENTE DE DESACATO - Los mecanismos de cumplimiento tienen repercusión en la libertad y el patrimonio del investigado y ello obliga a que solo sean utilizados cuando se advierta la necesidad de hacer cumplir el fallo de tutela y la protección constitucional impartida en él / INCIDENTE DE DESACATO - Para evitar arbitrariedades en la imposición de las sanciones es preciso verificar los elementos objetivos y subjetivos de la responsabilidad / SANCIÓN POR DESACATO - La entrega de uno de los medicamentos obliga a reducir la pena privativa de la libertad de 39 horas a un día / SANCIÓN POR DESACATO - La sanción de arresto por desacato es incompatible con la prisión domiciliaria del artículo 38G del Código Penal, pues sus elementos y finalidades parten de supuestos disímiles / SANCIÓN POR DESACATO - No se conmutara´ la sancio´n privativa de la libertad aumentado la multa porque, segu´n lo visto hasta ahora, el actuar negligente de los investigados evidencia la necesidad de garanti´as efectivas /
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